Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 9 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 4705/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:4705
Temas Clave: Autorización de vertido; Revisión; Aguas de refrigeración; Central Nuclear de Santa María de Garoña; Confederación Hidrográfica del Ebro
Resumen:
La Sala examina en este caso el recurso formulado por la mercantil NUCLENOR S.A. contra la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) de fecha 29 de julio de 2013, por la que se acordaba revisar la autorización de vertido al río Ebro de las aguas residuales procedentes de la central nuclear y declaraba caducada la autorización de vertido de fecha 18 de octubre de 2007. Al mismo tiempo, conoce de la impugnación de la resolución que desestimó el recurso de reposición frente a la citada resolución.
La pretensión principal de la mercantil actora es que se acuerde la renovación automática de la autorización en su día otorgada por un nuevo plazo de cinco años, al no concurrir, a su parecer,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 8 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Azucena Recio González)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 7160/2015 – ECLI:ES:TSJGAL:2015:7160
Temas Clave: Autorización ambiental; Declaración de impacto ambiental; procedimiento administrativo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por unos particulares contra una resolución de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, por la que se propone la aprobación del expediente de información pública del anteproyecto de la E.D.A.R de Silvouta, mejora de los colectores generales y la E.D.A.R. de Santiago de Compostela y del estudio de impacto ambiental.
Dos cuestiones destacan de la sentencia objeto de análisis:
En primer lugar, la Sala analiza -F. 3º- la causa de inadmisibilidad propugnada por la parte demandada, al entender que el objeto del recurso es un anteproyecto, mero acto de trámite al igual que el propio estudio de impacto ambiental (elemento este sobre el que recaen los motivos impugnatorios). No obstante, la Sala desestima tal causa de inadmisibilidad, citando para ello la sentencia de la Audiencia Nacional de 3 de junio de 2014 (recurso 486/2012), al entender que
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José navarro Sanchís)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo acreditada a contratada doctora por ANECA de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 2249/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2249
Temas Clave: Montes; Parque natural; autorización explotación cantera; motivación; informe desfavorable
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó el 17 de junio de 2013 en sentido parcialmente estimatorio. En esa ocasión la mercantil Triturados Puerto Blanco SA, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 2 de mayo de 2006, de la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada formulado por la citada mercantil frente a la resolución de 4 de diciembre de 2003, dictada por el Director General de Gestión del Medio Natural, integrado en la citada Consejería, que denegó la autorización solicitada por aquélla para la ocupación del Monte “Los Baldíos de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 26 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Héctor García Morago)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 812/2015 – ECLI:ES:TSJCAT:2015:812
Temas Clave: Autorización ambiental; Espacios naturales protegidos; Red natura; Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra una Resolución de 26 de noviembre de 2010 del Conseller de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Catalunya, a través de la cual se concede una autorización ambiental de adecuación para la actividad de extracción de roca calcárea. Dicha actividad extractiva se desarrolla en un ámbito de la Red Natura 2000, en una ZEPA afectada por el Decreto 282/1994, de 29 de septiembre.
En concreto, la mercantil recurrente interesa del Tribunal la anulación de una de las condiciones de la autorización ambiental, la cual prohíbe en la ejecución de las tareas de extracción de roca la utilización de explosivos entre el 1 de diciembre y el 30 de junio, con el fin de proteger la avifauna. Según consta en la propia sentencia comentada, la razón de esta
Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 81, de 29 de abril de 2015
Temas clave: Actividades clasificadas; Autorización ambiental; Autorización ambiental integrada; Autorizaciones y licencias; Calidad del aire; Contaminación acústica; Contaminación atmosférica; Contaminación de suelos; Contaminación lumínica; Declaración de impacto ambiental; Ecoetiquetado; Evaluación ambiental; Evaluación ambiental estratégica; Evaluación de impacto ambiental (EIA); Evaluaciones ambientales; Licencia ambiental; Paisaje; Prevención ambiental; Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP); Suelos
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto establecer el marco normativo para el desarrollo de la política medioambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su integración en el resto de políticas autonómicas, implementando mecanismos de intervención ambiental que contribuyan a obtener un alto nivel de protección del medio ambiente y de la salud de las personas, según se declara en el artículo 1 de la norma.
Aunque gran parte de la materia objeto de regulación en esta norma lo estaba en la reciente Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la promulgación de
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