Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 9 de septiembre de 2020 (cuestión prejudicial de interpretación), sobre la Directiva 92/43, de hábitats (art. 6. 3): la prórroga de la autorización de un proyecto que ha caducado equivale a la aprobación inicial y requiere una evaluación ambiental de sus efectos
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo LEGAMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Sala Primera), asunto C‑257/19, ECLI:EU:C:2020:680
Palabras clave: Natura 2000. Evaluación ambiental. Proyectos. Autorización. Prórroga.
Resumen:
El Tribunal Superior de Irlanda planteó al Tribunal de Justicia seis cuestiones sobre la Directiva de hábitats antes de resolver el recurso de anulación interpuesto por una asociación ambiental (Friends of the Irish Environment) contra la decisión de la Administración de prorrogar la licencia urbanística para construir una instalación de regasificación de gas natural licuado próxima a dos espacios Natura 2000. La autorización se concedió en 2008 y tenía un plazo de vigencia de diez años pero las obras no llegaron a realizarse en dicho período. Además, en la concesión inicial no se tuvo en cuenta la afección del