“Decreto-Lei” n.º 34/2024, de 17 de mayo, que altera sistema de concesión de licencias para el sistema de depósito y reembolso de envases de bebidas no reutilizables, que modifica el “Decreto-Lei” n° 152-D/2017, de 11 de diciembre, y el “Decreto-Ley” n° 24/2024, de 26 de marzo
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 96, de 17 de mayo de 2024
Palabras clave: Residuos. Sistema de depósitos y reembolso (SDR). Responsabilidad ampliada del productor (RAP). Envases. Residuos de envases.
Resumen:
La normativa sobre sistema de depósito y reembolso (SDR) para envases no reutilizables de bebidas, introducido por el “Decreto-Lei” n.º 152-D/2017, de 11 de diciembre, fue recientemente alterado por el “Decreto-Lei” n° 24/2024, de 26 de marzo. Este último tenía como objetivo acelerar la implementación del SDR, mediante la creación de un régimen simplificado de presentación de solicitudes a las entidades gestoras del SDR por parte de los productores de envases o envasadores, con el fin de permitir la rápida evaluación de los mismas. Esta urgencia se debe a la necesidad atribuir céleremente las licencias
“Decreto-Lei” n.º 24/2024, de 26 de marzo, que altera el régimen general de gestión de residuos
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 61, de 26 de marzo de 2024
Palabras clave: Residuos. Flujos de residuos. Vertederos. Reglamento REACH. Sistema de depósitos y reembolso (SDR). Responsabilidad ampliada del productor (RAP).
Resumen:
Esta nueva normativa altera el régimen general de gestión de residuos (RGGR), la normativa sobre deposición de residuos en vertederos licenciados y la relativa a flujos de residuos específicos sujetos al principio de responsabilidad ampliada del productor (también conocida como, el régimen unificado de flujos de residuos).
A pesar de que el RGGR, había sido modificado recientemente por el “Decreto-Lei” n° 11/2023, de 10 de febrero, que reformó y simplificó el trámite de licencias ambientales, fue necesaria esta nueva normativa a fin de completar la transposición de la Directiva 2018/851, de 30 de mayo, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE (Directiva Marco de Residuos). Además, la reciente publicación de una nueva generación de Planes Estratégicos del sector de los residuos (Plan
“Decreto-Lei” n.º 22/2024, de 19 de marzo, que prorroga las medidas excepcionales de simplificación de los procedimientos de autorización de producción de energía a partir de fuentes renovables
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 56, de 19 de marzo de 2024
Palabras clave: Licenciamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental (EIA). Prórroga. “Simplex ambiental”. Energías renovables (ER).
Resumen:
Esta nueva normativa realiza la tercera modificación del “Decreto-Lei” (DL) n.º 30-A/2022, de 18 de abril, alterado por el DL nº 72/2022, de 19 de octubre, y por el DL nº 11/2023, de 10 de febrero, que aprueba medidas excepcionales con la finalidad de garantizar la simplificación de los procedimientos de autorización de producción de energía a partir de fuentes renovables.
Este régimen jurídico, conocido como “Simplex Ambiental”, realizó una reforma de gran calado de una parte importante de la legislación ambiental portuguesa em materia de: evaluación de impacto ambiental (EIA), licenciamiento ambiental, recursos hídricos y residuos, alterando 19 normas y revocando numerosos preceptos (un total de 15) incluidos em diversa normativa – de entre
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 13 de mayo de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 2066/2024 – ECLI:ES: TSJCL: 2024:2066
Palabras clave: Aguas. Concesiones. Plan Hidrológico. Explotación ganadera. Zonas vulnerables a la contaminación por nitratos. Principio de seguridad jurídica. Principio de proporcionalidad. Procedimiento administrativo. Información. Trámite de audiencia. Contaminación de las aguas. Competencias. Organismo de Cuenca.
Resumen:
Una entidad mercantil interpone recurso contencioso-administrativo frente a la Resolución de la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, de 17 de mayo de 2023, por la que se le denegó la concesión de aprovechamiento de aguas, por incompatibilidad con el Plan Hidrológico, así como se impugna, de forma indirecta, el artículo 35 del Anexo IV del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño, Sil, Duero, Tajo,
Título: “La descarbonización de la náutica recreativa: un punto de vista práctico para su regulación y su consideración concesional y fiscal”
Title: “The decarbonization of recreational boating: a practical perspective for its regulation and its concessional and fiscal consideration”
Autor: Fernando de Rojas Martínez-Parets, Profesor de Derecho Administrativo, Universitas Miguel Hernández (UMH), Director de Càtedra d’Economia Blava-UA-UMH-Generalitat Valenciana
Fecha de recepción: 10/06/2024
Fecha de aceptación: 28/06/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00376
Documento adjunto: “La descarbonización de la náutica recreativa: un punto de vista práctico para su regulación y su consideración concesional y fiscal”
Resumen: La descarbonización de la náutica recreativa responde a un cambio de modelo en el ámbito energético y no solamente a una obligación ambiental. De las opciones posibles para llevar a término esta transformación la propulsión a vela resulta hoy en día una de las opciones más viables en lo tecnológico y en las posibilidades de inmediatez, o por lo menos debe acompañar al esfuerzo por promover el motor eléctrico. Sin embargo, la fiscalidad e impuestos que recaen sobre la vela y sobre la náutica con propulsión eléctrica no favorecen en nada este cambio, lo que se confirma con el progresivo crecimiento de las ventas de embarcaciones de motor convencional.
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