Decreto 65/2010, de 30 de septiembre, por el que se aprueban las Normas Urbanísticas Regionales (BOC Extraordinario núm. 26, de 8 de octubre).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 17 de enero de 2008, a tenor de lo dispuesto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, declaró la nulidad del Decreto 57/2006, de 25 de mayo, mediante el que se aprobaban las Normas Urbanísticas Regionales de dicha Comunidad. Ello ha determinado la redacción y tramitación de las presentes Normas Urbanísticas Regionales.
El presente Decreto, que parte de la premisa de que la ordenación del territorio tiene como base la distribución geográfica de las actividades y de los usos del suelo, armonizada con el desarrollo económico, las potencialidades del territorio, la protección de la naturaleza, y la preservación y puesta en valor del patrimonio cultural, recoge disposiciones referentes a la protección del medio ambiente,
Ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura (DOExtremadura núm. 202, de 20 de octubre)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La presente Ley modifica la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación del Territorio, con el objeto de, en primer lugar, adecuarla en detalle a las prescripciones del Texto Refundido de la Ley de Suelo estatal, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, y en segundo lugar, para actualizarla y adecuar a la realidad cambiante del sector inmobiliario algunas técnicas instrumentales, así como para la aclaración de algunas disposiciones que la experiencia muestra que han dado lugar a interpretaciones contradictorias.
El primer bloque de medidas va encaminado a la adaptación del la norma autonómica al marco legal estatal, introduciéndose en primer lugar, modificaciones encaminadas a la mejora de la participación pública y el control democrático de los procedimientos urbanísticos de toma de decisiones, que afectan a principalmente a los artículos
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, nº 696/2010, de 21 de septiembre. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede de Cáceres. Ponente: D. Mercenario Villalba Lava
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010100985.
Autora de la Nota. Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Agua; acuífero; zona sobreexplotada, ampliación.
Resumen:
En esta Sentencia se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 22 de agosto de 2008, relativo a la ampliación de la zona declarada sobreexplotada en el ámbito territorial del Acuífero de la Mancha Occidental, por considerarlo ajustado a Derecho.
En consecuencia, se produce una desestimación de la pretensión de la parte actora consistente en que dicho Acuerdo fuera declarado nulo. Una nulidad pretendida que dicha parte basa, en primer lugar en que la masa de Agua Rus-Valdelobos pertenece a distintas unidades hidrológicas; en segundo lugar, la zona o perímetro adicional que se pretende declarar sobreexplotado no lo está, sino que tiene un excedente; y en tercer lugar, la causa de la que se deriva la declaración de sobreexplotación del perímetro adicional no puede servir de base al procedimiento, en cuanto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos) de 30 de julio de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ STSJ CL 4171/2010.
Temas Clave: Extracción de recursos mineros. Ampliación de autorización. Declaración de impacto ambiental.
Resumen:
En el caso que nos ocupa, la Mercantil “Arenas, Áridos y Transportes del Cerro SL.” recurre en apelación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Segovia que previamente desestimó su pretensiones confirmando la Resolución del Servicio Territorial de Industria y otros de la Junta de Castilla y León de Segovia, Sección de Minas, de fecha 28 de julio de 2004 por la que se suspendía la extracción de recursos mineros por parte de la recurrente en la parcela 5001 del polígono 508 de San Martín y Mudrian.
Los motivos del recurso se ciñen esencialmente a la Resolución de fecha 31 de octubre de 2002 dictada por el Servicio Territorial de Industria de
Ley 7/2009, de 17 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los Servicios en el Mercado Interior ((BOE núm. 256, 22 de octubre de 2010)
Resumen:
Esta Ley de adaptación a la Directiva de servicios y a las exigencias de las “Ley Paraguas” y de la “Ley Omibus” modifica dos normas de interés ambiental, como Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha y la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.
El artículo segundo adecua la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, regulando la aplicación de los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, trasparencia y concurrencia a los procedimientos de concesión y autorización para actividades de servicios que vayan a realizarse en montes demaniales. Asimismo, introduce la limitación de la duración de estas concesiones y autorizaciones, sin que se dé lugar a renovaciones automáticas ni a ventajas a favor del anterior titular o personas especialmente vinculadas con él.
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