Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluacion ambiental de planes y programas (DOGC, de 7 de mayo de 2009)
Desde el pasado 27 de mayo, la Ley 6/2009, de 28 de abril regula el procedimiento de evaluación ambiental al que deberán someterse los planes y programas aprobados por la Generalidad, la administración local o el Parlamento de Cataluña y que sean susceptibles de incidir de forma significativa en el medio ambiente.
Destacamos los siguientes aspectos del nuevo régimen jurídico:
Orden de 21 de mayo de 2009, por la que establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales forestales y zonas de influencia forestal (BOJA, de 29 de mayo 2009)
El pasado 30 de mayo, entró en vigor la Orden de 21 de mayo de 2009 por la que se establecen limitaciones al uso y desarrollo de actividades en terrenos forestales de Andalucía. La norma viene a fijar un período máximo de riesgo, ahora de carácter permanente, durante el cual deberán respetarse las restricciones relativas al aprovechamiento de estos terrenos que lleve aparejado el empleo uso de fuego.
De esta forma, desde el 1 de junio de 2009 hasta el 15 de junio de 2009 de cada año, queda prohibido el uso de fuego en los terrenos forestales definidos en el artículo 1 Vínculo de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y en el artículo del Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, así como en las Zonas de Influencia Forestal, definidas en el artículo 3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, y en
Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada (BORM nº 116, de 22 de mayo de 2009).
Artículo Relacionado. Vid. PERNAS, J. “La Lucha contra la contaminación y la tendencia hacia la codificación del Derecho ambiental Comunitario”. AJA. Boletín de Información sobre Derecho Ambiental de la Empresa y Lucha contra la Contaminación.[Internet]. A Coruña, 10 de marzo de 2009. Fecha de Consulta: 13 de junio de 2009. Disponible en la sección “Artículos” .
La Comunidad Autónoma de Murcia ha aprobado el nuevo régimen jurídico al que deberán someterse los planes, programas, proyectos y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente que se desarrollen en el ámbito territorial de ésta Comunidad Autónoma.
El nuevo régimen aprobado por la Ley 4/2009 nace para dotar de coherencia al marco normativo y procedimental a través del que se ha venido articulando el control administrativo de la incidencia ambiental de actividadades públicas y privadas, un objetivo cuya consecución se pretende lograr fundamentalmente a través de la adopción de un enfoque integrado, mejorando la coordinación entre las distintas administraciones públicas e integrando y simplificando los procedimientos de prevención, control y calidad ambiental.
Ley 5/2009, de 4 de junio del Ruido de Castilla y León. (BOCYL nº107, de 9 de junio de 2009)
La recientemente aprobada Ley 5/2009 pretende abordar el problema de la contaminación acústica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León con el propósito de asegurar la protección del medio ambiente y salvaguardar los derechos fundamentales a la integridad física y moral, a la protección de la salud, al disfrute de un medio ambiente adecuado, a la inviolabilidad del domicilio, a la intimidad familiar y personal y a una vivienda digna.
Decreto 86/2009, de 2 de junio, de aprobación de los estatutos de la Agencia Catalana del Agua y de modificación del Decreto 175/2001, de 26 de junio, por el que se aprueba el despliegue territorial de la Agencia Catalana del Agua.
Mediante este nuevo Decreto, el Gobierno de Cataluña aprueba los nuevos Estatutos de la Agencia Catalana del Agua, a través de los que se pretende incorporar las novedades en materia de derecho ambiental comunitario que han sido dictadas desde la aprobación y modificación del régimen hasta ahora vigente, responder a las necesidades que se han puesto de manifiesto durante los años de funcionamiento de la Agencia y adecuar su organización a la reciente reestructuración de la Administración autonómica.
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