Decreto 157/2012, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 151 de 6 de agosto de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Fiscalidad ambiental; Canon de saneamiento
Resumen:
El objeto de este Reglamento es la regulación del canon de saneamiento creado en la ley 2/2012, de 28 de julio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este impuesto se configura como un tributo propio, de carácter indirecto y de naturaleza real, que grava la utilización del agua de cualquier procedencia suministrada por las redes de abastecimiento públicas o privadas, y cuya finalidad es la financiación de los gastos necesarios para la construcción, gestión, mantenimiento y explotación de las infraestructuras hidráulicas soportadas por la Comunidad Autónoma de cualquier naturaleza, correspondientes al ciclo integral del agua.
Decreto 334/2012, de 17 de julio, por el que se regulan las entidades colaboradoras en materia de Calidad Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 143 de 23 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Derecho ambiental; Entidades colaboradoras; Calidad ambiental
Resumen:
El presente Decreto regula las entidades colaboradoras de la Consejería con competencia en materia de medio ambiente en el ámbito de la calidad ambiental, a las que en adelante se harán referencia como “entidades colaboradoras”, contempladas en el artículo 129 de la ley 7/2007, de 9 de julio, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciendo los requisitos, funciones y obligaciones que afectan a dichas Entidades.
Estructurado en seis capítulos, el Decreto dispone los requisitos que debe cumplir una entidad para ser considerada e inscrita como entidad colaboradora, concreta las actividades que podrán ser realizadas por dichas entidades, fija las garantías en el desempeño de sus funciones, dota de un nuevo régimen jurídico al registro administrativo especial y desarrolla el control de inspección que ha de efectuarse sobre
Decreto 141/2012, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Marco del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Galicia (DOG núm. 129 de 6 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Aguas residuales; Servicio público de saneamiento y depuración de aguas residuales
Resumen:
La Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, declara en su artículo 32 de interés de la comunidad Autónoma de Galicia el servicio de depuración de aguas residuales urbanas, cuyo ámbito de aplicación comprende la regulación, la planificación, la aprobación definitiva de proyectos, la construcción y la gestión, explotación y mantenimiento de estaciones depuradoras de aguas residuales, redes de colectores generales y conducciones de vertido que formen parte del Plan gallego de saneamiento, así como, en su caso, la reutilización de las aguas residuales depuradas. Específicamente, el apartado 3 del mencionado artículo, encomienda al Consello de la Xunta, la aprobación del Reglamento marco de prestación del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales, de manera que el presente Decreto viene a dar respuesta
Decreto 53/2012 de 6 de julio, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Illes Balears (BOCAIB núm. 100 de 12 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Salud; Aguas de consumo humano; Vigilancia sanitaria
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto desarrollar en el ámbito de las Illes Balears el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano mediante la adopción de las siguientes medidas:
– La aprobación del Programa de vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Illes Balears.
– La creación de la Comisión de Control de la Calidad de las Aguas de Consumo Humano de las Illes Balears.
– La creación del Registro de Entidades Gestoras de los Abastecimientos de Agua de Consumo Humano o de cualquier otra actividad ligada a dichos abastecimientos.
Decreto 119/2012. De 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Aprovechamientos Cinegéticos (DOE núm. 129 de 5 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Caza; Aprovechamiento cinegético
Resumen:
La Disposición Final Primera de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, modifico el Impuesto sobre Aprovechamientos Cinegéticos, afectando así a la naturaleza y objeto del impuesto, a los supuestos de no sujeción y exenciones, a la base imponible a los tipos de gravamen y al establecimiento de bonificaciones en la cuota.
Es por ello, por lo que se redacta el presente Reglamento, desarrollando los aspectos tributarios mencionados, e incluyendo cuestiones aplicativas e interpretativas de carácter procedimental que se han considerado necesarias para la adecuada efectividad del tributo.
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