Autora de la nota: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili
Objetivo:
La presente Decisión autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República del Congo relativo a la aplicación de las leyes, la gobernanza y el comercio de productos de la madera hacia la Unión Europea (FLEGT), a reserva de su celebración en una fecha posterior.
Documentos relacionados:
El Reglamento (CE) nº 2173/2005 ( DO L 347 de 30.12.2005, p. 1) que estableció un sistema de licencias FLEGT aplicable a las importaciones de madera en la Unión procedente de los países con los cuales la Unión ha celebrado acuerdos de asociación voluntaria.
Entrada en vigor:
De acuerdo con el artículo 3, la Decisión entrará en vigor el día de su adopción, es decir, el 17/05/2010.