Autora de la nota: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili
Resumen:
Se establece el formulario de respuesta de importación de los compuestos de tributilestaño como se establece en el anexo de la Decisión.
Entrada en vigor:
30 de noviembre de 2009
Documentos relacionados:
El Reglamento (CE) nº689/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos ( DO L 204 de 31.7.2008, p. 1.)
El Reglamento (CE) nº1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.)
La Decisión 2006/730/CE del Consejo, de aprobación del Convenio de Rotterdam relativo al procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (DO L 299 de 28.10.2006, p. 23.)
La Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas ( DO L 123 de 24.4.1998, p. 1.)
El Reglamento (CE) nº1048/2005 de la Comisión, de 13 de junio de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 032/2003, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas ( DO L 178 de 9.7.2005, p. 1.)
Resumen:
En su anexo establece el cuestionario que deben utilizar los Estados Miembros para la realización de los informes sobre la aplicación de la Directiva 2006/66/CE.
Entrada en vigor:
25 de noviembre de 2009
Documentos relacionados:
La Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores y por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE ( DO L 266 de 26.9.2006, p. 1.)