El Real Decreto 1389/2009 aprueba la nueva estructura del Consejo Nacional del Agua, órgano superior de consulta y de participación en la materia adscrito al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
De acuerdo con la nueva norma, en él estarán representados la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, los entes locales a través de la asociación de ámbito estatal con mayor implantación, los organismos de cuenca, las organizaciones profesionales y económicas más representativas de ámbito estatal relacionadas con los distintos usos del agua, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito estatal y las entidades sin fines lucrativos de ámbito estatal cuyo objeto esté constituido por la defensa de intereses ambientales.
Con la aprobación de esta nueva estructura se ha buscado que la composición del órgano consultivo se adecue a las innovaciones introducidas por la normativa comunitaria en materia de aguas y a las recientes modificaciones introducidas en los departamentos ministeriales. De igual manera, se pretende dar respuesta a la creciente complejidad del proceso de planificación y la gestión del recurso así como a la necesidad de que el impacto económico de los temas relativos al agua sea un aspecto a tener en cuenta.
Entrada en vigor:
El Real Decreto 1389/2009 se encuentra en vigor desde el pasado 30 de agosto de 2009.
Derogaciones:
De conformidad con lo dispuesto en la norma, queda derogado el capítulo II, del Consejo Nacional del Agua, del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, aprobado por Real Decreto 927/1988 , de 29 de julio.