11 enero 2017

España Legislación al día

Legislación al día. España. Reservas de la Biosfera Españolas

Real Decreto 599/2016, de 5 de diciembre, por el que se regula la licencia de uso de la marca “Reservas de la Biosfera Españolas”

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 313, de 28 de diciembre de 2016

Temas Clave: Reservas de la Biosfera; Marca; Licencia de uso; Organismo Autónomo Parques Nacionales; Productos y servicios

Resumen:

El Programa MaB «Persona y Biosfera» de la UNESCO es un instrumento para formular criterios y ejemplificar un nuevo modelo de relación del ser humano con la naturaleza. Un ejemplo particular de los objetivos establecidos en este Programa son las reservas de la biosfera, espacios singulares reconocidos por la UNESCO como áreas de referencia donde llevar a la práctica una nueva manera de relación del hombre con la naturaleza. La Red de Reservas de la Biosfera Españolas constituye un subconjunto definido de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera. Su regulación, caracterización y potenciación se basa en el hecho de que constituyen un modelo de gestión integrada, participativa y sostenible del patrimonio y de los recursos naturales.

En el marco de la Línea de Acción Estratégica C.7 de la Estrategia del Programa MaB de la UNESCO (2015-2025), aprobada por la 38ª Conferencia General de la UNESCO, celebrada en París el 17 de septiembre de 2015, reconoce la marca mundial «Reserva de la Biosfera», pero con un carácter complementario a la marca local, como sería la de «Reservas de la Biosfera Españolas». Puede, pues, regularse una marca nacional porque el término «locales» referido a las marcas complementadas a la internacional, dado que se trata de un acto de derecho internacional, debe entenderse tanto a las estrictamente locales, desde la perspectiva del derecho interno, como las marcas autonómicas y estatales.

El presente real decreto establece las normas y requisitos para la concesión, mantenimiento y extinción de la licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas». El Organismo Autónomo Parques Nacionales es el titular de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas», en virtud de su inscripción en la Oficina Española de Patentes y Marcas. La licencia emitida en aplicación del presente reglamento recibe el nombre de licencia del Organismo Autónomo Parques Nacionales de producto o servicio para el uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas». La licencia de uso se concederá a un producto o servicio determinado en la licencia, no constituyendo una certificación de los servicios que pudieran estar relacionados con el producto objeto de la certificación ni de los productos que pudieran estar relacionados con el servicio objeto de la certificación. La marca «Reservas de la Biosfera Españolas» solo podrá asociarse a cualquier otro tipo de marca comercial en los términos previstos en el artículo 19.

Se determinan las categorías, productos y servicios bajo la protección de la marca,  así como los requisitos que debe cumplir la propia Reserva de la Biosfera para que los productos producidos o servicios prestados dentro de su Reserva cuenten con el distintivo de la marca. Por otra parte, se regula el proceso de autorización, que incluye la solicitud y los requisitos y documentación necesaria para la concesión de la licencia. Por último, se prevén las obligaciones del licenciatario, el control de la licencia de uso de la marca y las condiciones de uso de la misma.

Entrada en vigor: 29 de diciembre de 2016

Documento adjunto: pdf_e