Real Decreto 1022/2022, de 13 de diciembre, por el que se regula la licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas»
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 308, de 24 de diciembre de 2022)
Palabras clave: Autorizaciones. Licencias. Marcas. Parques Nacionales. Recursos naturales. Productos agrícolas. Reservas naturales. Turismo. Gestión sostenible. Distintivos.
Resumen:
El Programa MaB «Persona y Biosfera» de la UNESCO es un instrumento para formular criterios y ejemplificar un nuevo modelo de relación del ser humano con la naturaleza. Un ejemplo particular de estas intenciones son las Reservas de la Biosfera. En España, la Red de Reservas de la Biosfera Españolas constituye un subconjunto definido y reconocible de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera, siendo un modelo de gestión integrada, participativa y sostenible del patrimonio y de los recursos naturales. Sus objetivos básicos son conjugar la preservación de la diversidad biológica y de los ecosistemas con un desarrollo ambientalmente sostenible que produzca la mejora del bienestar de la población.
La creación de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas» pretendió destacar y diferenciar determinados productos agroalimentarios, artesanales no agroalimentarios y servicios turísticos de los territorios reconocidos como Reservas de la Biosfera y de los municipios que pertenecen a las mismas.
En este contexto, este real decreto establece las normas y requisitos para la concesión, mantenimiento y extinción de la licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas». El Organismo Autónomo Parques Nacionales es el titular de la marca, inscrita en la Oficina Española de Patentes y Marcas y cuyo logotipo figura en el anexo I, que se mantiene sin cambios.
Se aclaran las obligaciones del licenciatario y de los órganos de gestión de las Reservas de la Biosfera. Asimismo, se ha introducido la posibilidad de recabar información desde la plataforma de intermediación de datos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, para facilitar los trámites a los solicitantes y la expedición de un certificado acreditativo de la concesión que de visibilidad a la marca «Reservas de la Biosfera Españolas».
“La licencia emitida en aplicación de este reglamento recibe el nombre de licencia del Organismo Autónomo Parques Nacionales de producto o servicio turístico para el uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas».
La licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas» se concederá para el producto o servicio turístico determinado en la licencia, no constituyendo una certificación de los servicios turísticos que pudieran estar relacionados con el producto objeto de la certificación, ni de los productos que pudieran estar relacionados con el servicio turístico objeto de la certificación.
La marca «Reservas de la Biosfera Españolas» sólo podrá asociarse a otras marcas comerciales en los términos previstos en el artículo 18”.
En el Capítulo III se regula el proceso de autorización, y en el Capítulo IV las obligaciones del licenciatario, el control de la licencia de uso de la marca y las condiciones de uso de la misma
Por último, esta norma constituye una aplicación del desarrollo adicional de los artículos 68 a 70, conforme a lo dispuesto en la disposición final octava, todos ellos de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Entrada en vigor: 13 de enero de 2023.
Normas afectadas: Queda derogado el Real Decreto 599/2016, de 5 de diciembre, por el que se regula la licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas».