Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objeto de este Decreto-ley, es la adaptación de la normativa de rango legal de la Comunidad Autónoma de Aragón a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio, así como transponer la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Para una efectiva aplicación y desarrollo de los principios y medidas establecidos tanto en la Ley como en la Directiva, se justificó la extraordinaria y urgente necesidad de promulgación de este Decreto-Ley el 27 de abril, convalidándose finalmente, el 20 de mayo de 2010.
La Directiva, se planeta como objetivos, alcanzar un auténtico mercado único de servicios que permita a los prestadores, en particular a las pequeñas y medianas empresas, extender sus operaciones más allá de sus fronteras nacionales y beneficiarse del mercado interior, y al mismo tiempo, posibilitar ofrecer a los consumidores mayor transparencia e información, proporcionándoles más posibilidades de elección y unos servicios de calidad a precios más bajos. Por su parte, la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, que incorpora parcialmente al ordenamiento español la Directiva, (intensificando los principios que ésta establece, excluyendo expresamente de su ámbito de aplicación a los servicios no económicos de interés general), tiene como fin impulsar la mejora de la regulación del sector servicios, reduciendo las trabas injustificadas o desproporcionadas al ejercicio de una actividad de servicios, y proporcionando un entorno más favorable y transparente a los agentes económicos que incentive la creación de empresas y genere ganancias en eficiencia, productividad y empleo en las actividades de servicios, además del incremento de la variedad y calidad de los servicios disponibles para empresas.
Teniendo presente la regulación comunitaria y autonómica, y en ejercicio de diversas competencias autonómicas, el Decreto-ley, introduce modificaciones que afectan de forma genérica a las actividades de servicios (Título I), a los servicios industriales y comerciales (Título II), a los servicios medioambientales y de agricultura (Título III), y otras medidas en diferentes sectores de los servicios relacionados con los servicios sanitarios (Título IV).
En concreto, en materia medioambiental, el Decreto incluye diversas modificaciones legislativas en: la Ley 10/2005, de 11 de noviembre de Vías Pecuarias de Aragón, Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, y Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón. Con estas modificaciones se eliminan requisitos prohibidos de carácter discriminatorio, y se sustituye la figura de la autorización por la declaración responsable en casos determinados en relación con las vías pecuarias. Además, se establece la obligación, de proceder en su caso, a realizar la evaluación de impacto ambiental con carácter previo a la declaración responsable cuando ésta se la forma de control de la actividad.
Entrada en vigor:
6 de mayo de 2010
Normas afectadas:
El Decreto-ley modifica las siguientes normas:
– Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
– Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.
– Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.
– Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de Regulación y Fomento de la Actividad Industrial de Aragón.
– Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial de Aragón.
– Ley 1/2007, de 27 de febrero, de Actividades Feriales Oficiales de Aragón.
– Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de Vías Pecuarias de Aragón.
– Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.
– Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.
– Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de calidad Alimentaria en Aragón.
– Ley 6/2002, de 25 de abril, de Salud de Aragón.
– Ley 11/2005, de 28 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Aragón.
– Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la comunidad Autónoma de Aragón.