Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 23 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Desamparados Iruela Jiménez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 1590/2016 – ECLI:ES:TSJCV:2016:1590
Temas Clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una asociación ecologista contra la Resolución de la Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, a través de la cual se declaraba el interés comunitario (DIC) para una actividad de campo de golf en suelo no urbanizable de la localidad de Alzira (Valencia).
En la primera de las solicitudes que iniciaban el expediente que finalizó con la Resolución recurrida, la actuación se preveía sobre suelos no urbanizables de protección agrícola y de protección paisajística. Atendiendo a la imposibilidad de que sobre suelos de protección paisajística se desarrollase ese tipo de actuación, se advirtió a los solicitantes que presentaron nueva solicitud excluyendo lo previsto en esta clase y categoría de suelo.
El núcleo de la controversia se centra precisamente en si esa segunda solicitud constituye una modificación sustancial del inicial proyecto, y