Sentencia del Tribunal De Justicia (Sala Segunda) de 3 de abril de 2014, asunto C‑301/12, Cascina Tre Pini Ss
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: Procedimiento prejudicial; medio ambiente; conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres; Directiva 92/43/CEE; lugares de importancia comunitaria; revisión del estatuto de un lugar de este tipo en caso de que surjan fenómenos de contaminación o deterioro medioambientales; Legislación nacional que no prevé que los interesados puedan solicitar tal revisión; atribución a las autoridades nacionales competentes de una facultad discrecional para incoar de oficio un procedimiento de revisión de dicho estatuto
Resumen:
En este asunto se plantea una petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación de los artículos 9 y 11 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Valladolid), de 16 de abril de 2014, (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Jesús Bartolomé Reino Martinez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 1558/2014
Temas Clave: Monte de utilidad pública; Uso especial; Conservación de valores naturales; Concentración masiva de motoristas
Resumen:
El recurso contencioso-administrativo interpuesto por “Ecologistas en Acción Valladolid” deviene de la Resolución de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de 29 de diciembre de 2009 que autoriza al Club Turismoto el uso especial de 30,93 hectáreas del denominado Monte Pinar de Antequera, que es el número 79 del catálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Valladolid y cuyo titular es el Ayuntamiento de la misma ciudad. La autorización permite la ocupación del monte durante un determinado periodo de tiempo para facilitar una concentración de motoristas con acampada y aparcamiento de vehículos, cuya afluencia es de 8.000 participantes al día con un total próximo a los 20.000.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda) de 9 de abril de 2014, asunto C‑225/13, Ville d’Ottignies-Louvain-la-Neuve
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Procedimiento prejudicial; medio ambiente; residuos; Directiva 75/442/CEE; artículo 7, apartado 1; plan de gestión; lugares e instalaciones apropiados para la eliminación de residuos; concepto de “plan de gestión de residuos”; Directiva 1999/31/CE; artículos 8 y 14; vertederos ya autorizados o que ya estén en funcionamiento en la fecha de transposición de esa Directiva
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a los residuos, según su modificación por la Decisión 96/350/CE de la Comisión, de 24 de mayo de 1996, y de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta petición se ha presentado en el marco de un litigio entre el municipio de Ottignies-Louvain-la-Neuve y los Sres. Tillieut, Gregoire
Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de abril de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jose Luis Suay Rincón)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Ayudante Doctora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 1469/2014
Temas Clave: Muntanyans; zona inundable; planeamiento urbanístico; Plan parcial
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por dos entidades inmobiliarias y la Generalitat de Catalunya contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso administrativo del TSJC (sección 3ª) que dictó en 19 de mayo de 2011 por la que se estimaba en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Plataforma Salvem els Muntanyans contra la desestimación presunta por silencio administrativo por parte del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de Catalunya del recurso de alzada interpuesto por la actora contra el acuerdo de la Comisión Territorial d’Urbanisme de Tarragona, de 8 de junio de 2006, por el que se aprueba definitivamente el Plan Parcial 4B “Platja Muntanyans II” de Torredembarra, acuerdos que se anulan declarando
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 3 de abril de 2014, Udo Rätzke / S+K Handels GmbH, asunto C-319/13
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Procedimiento prejudicial; energía; indicación, mediante el etiquetado, del consumo energético de las televisiones; Reglamento Delegado (UE) nº 1062/2010; responsabilidad de los distribuidores; televisión suministrada al distribuidor sin esa etiqueta, antes de iniciarse la aplicación del Reglamento; obligación del distribuidor de etiquetar, a partir del inicio de la aplicación del Reglamento, esa televisión y de procurarse una etiqueta posteriormente
Resumen:
En este asunto la petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 4, letra a), del Reglamento Delegado (UE) nº 1062/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, por el que se desarrolla la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto del etiquetado energético de las televisiones. Esta petición fue presentada en el marco de un litigio entre el Sr. Rätzke y S+K Handels GmbH (en lo sucesivo, «S+K»), competidora del Sr. Rätzke en el ámbito de la comercialización de aparatos electrónicos y, en particular,
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