Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala segunda), de 15 de octubre de 2015, asunto C-137/14, por el que se resuelve el recurso por incumplimiento de las Directivas de evaluación ambiental, de emisiones y de participación y acceso a la justicia por parte de la República Federal de Alemania
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-137/14
Temas clave: Evaluación ambiental, prevención y control integrados de la contaminación, legitimación, limitaciones al acceso a la justicia, y a la revisión de decisiones relacionadas con el medio ambiente
Resumen:
Breve referencia al supuesto de hecho.
La Comisión Europea solicita al TJUE que declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 11 de la Directiva 2011/92/UE de evaluación ambiental, del artículo 25 de la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales, al limitar:
– la anulación de las decisiones administrativas sujetas a la Directiva 2011/92 y a la Directiva 2010/75, únicamente a los supuestos en los que se demuestre la lesión de un derecho subjetivo
– la anulación de las decisiones por vicios
Sentencia del Tribunal Superior de Asturias de 6 de julio de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Ponente: Luis Querol Carceller)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: Sentencia Núm. 544/2015. Pendiente de publicación CENDOJ
Temas Claves: Derecho a la participación en temas medioambientales; Trámite de información pública
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha aceptado el recurso interpuesto por dos asociaciones ecologistas (Asociación Asturiana de Amigos de la Naturaleza (ANA) y Grupo de Ornitoloxía “Mavea) contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de esta comunidad autónoma de 12 de marzo de 2014, por el que se aprobó el Plan de Residuos del Principado de Asturias 2014-2024, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva 2008/98/CE y en la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, sustituyendo al anterior Plan Básico de Gestión de Residuos del Principado de Asturias 2001-2010.
La gestión de residuos en Asturias es gestionada por el Consorcio para la Gestión de los Residuos Sólidos en Asturias (COGERSA), en el que, además de la Comunidad Autónoma, participan los 78 municipios asturianos, y sus instalaciones están ubicadas en el complejo que este consorcio tiene en los
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 15 de septiembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Rafael Antonio López Parada)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4079/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:4079
Temas Clave: Minas; Responsabilidad; Subvenciones
Resumen:
Se examina por la Sala el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “ALTO BIERZO, S.A.” (con anterioridad Minas de Navaleo) frente a la resolución denegatoria por silencio administrativo presentada ante la Junta de Castilla y León sobre reclamación de más de un millón de euros en concepto de gastos de bombeo y desagüe derivados de las concesiones mineras colindantes o próximas al Grupo Minero que representa la actora.
Con carácter previo, la Sala describe los antecedentes en los que se basa la resolución del recurso. Para su comprensión, apela a la existencia de distintas empresas mineras que durante largo tiempo dispusieron de concesiones en la cuenca carbonífera del Bierzo Alto. En principio, las aguas subterráneas, debido a la proximidad entre ellas, se filtraban de unas a otras; si bien cada una de las empresas disponía de sus propios
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala quinta), de 6 de octubre de 2015, asunto C-71/14, por el que se resuelve un recurso prejudicial sobre la interpretación de los artículos 5 y 6 de la Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-71/14
Temas clave: Convenio de Aarhus, acceso a la información ambiental, coste del acceso a la información ambiental
Resumen:
La cuestión prejudicial fue presentada en el marco de un litigio entre Consejo del Condado de East Sussex, y el Comisario de Información, a propósito de una resolución de este último que declara ilícita una contraprestación económica exigida por el Consejo del Condado por suministrar información medioambiental a PSG Eastbourne, una empresa de búsqueda inmobiliaria.
La empresa de búsqueda inmobiliaria PSG Eastbourne en su día había formulado una solicitud de información medioambiental ante el Consejo del Condado, con el fin de facilitar la información obtenida con fines comerciales a los interesados en dicha transacción. El Consejo
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears de 15 de septiembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Carmen Frigola Castillón)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 736/2015 – ECLI:ES:TSJBAL:2015:736
Temas Clave: Clasificación de suelos; Ordenación de los recursos naturales; Parques Naturales
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil contra la desestimación por silencio de su solicitud a fin de que se suprima del Plan General de Ordenación urbana (PGOU) del municipio de Pollença la servidumbre peatonal de paso impuesta sobre unos caminos ubicados en su propiedad.
En concreto, dicha servidumbre se impone en el PGOU a fin de permitir el paso a cualquier persona al mar, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, en cuya virtud «para asegurar el uso público del dominio público marítimo-terrestre, los planes y normas de ordenación territorial y urbanística del litoral establecerán, salvo en espacios calificados como de especial protección, la previsión de suficientes accesos al mar y aparcamientos, fuera del dominio público marítimo-terrestre».
El problema reside en que, con
|