Sentencia de la Audiencia Nacional de 14 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso Madrid. Sección 1ª. Ponente: Fernando de Mateo Menéndez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 2522/2019 – ECLI: ES: AN: 2019:2522
Temas Clave: Fundación; Biodiversidad; Competencias; Gasto público; Subvenciones
Resumen:
Esta sentencia deviene del recurso planteado en apelación por el representante legal de la Administración del Estado contra la Sentencia dictada por S.Sª. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 en fecha 10 de diciembre de 2018, perteneciente al procedimiento ordinario núm. 60/2017, por la que se estimó el recurso contencioso-administrativo formulado por la Generalidad de Cataluña, contra la resolución de 7 de julio de 2017 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de información ambiental 2017, publicada en el BOE de 18 de julio de 2017, núm. 170. Recurso que es finalmente desestimado, frente al cual cabe recurso de casación.
El objeto de discusión tanto en primera instancia como en apelación, es clarificar si la regulación contenida en la convocatoria impugnada, tiene encaje en el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 16 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 2659/2019- ECLI: ES:TSJ GAL:2019:2659
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Urbanismo
Resumen:
Una sociedad impugna el Plan General de Ordenación de Caldas de Reis (PGOM), aprobado mediante Orden de 22 de diciembre de 2016, de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. La recurrente dice ostentar el derecho al aprovechamiento de aguas minero-medicinales en virtud de una Resolución de la Consellería de Industria y Comercio, de 9 de diciembre de 1997, transmitido por otra sociedad absorbida por la actora. El aprovechamiento se circunscribe a las instalaciones del Balneario de Acuña, sito en unas fincas colindantes vinculadas ob rem, lo que impide su división, donde se encuentran los edificios y una piscina.
Alega que con la aprobación del PGOM se proyecta un vial que divide la finca en dos parcelas incluidas en dos sectores distintos, el primero de uso “hotelero-terciario” y el segundo de uso “residencial”. A su
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Daniel Sanz Heredero)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 2363/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:2363
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Emisiones; Tráfico; Madrid; Administración local; Transporte público; Decretos; Publicidad; Sanciones; Inseguridad jurídica; Consorcio Regional de Transportes Públicos de Madrid
Resumen:
Examina la Sala el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “DEVUELTA ASISTENCIA LEGAL, S.L.” contra el Acuerdo de 21 de enero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba definitivamente el Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación de dióxido de nitrógeno (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 7.583, de 25 de enero de 2016)
La mercantil interesa la anulación del Acuerdo en lo referente a las medidas de restricción del tráfico y a las referidas a la promoción del transporte público.
Respecto a las primeras, la recurrente considera que el Protocolo vulnera el artículo 88 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid, en cuanto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Ramón Chulvi Montaner)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 2212/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:2212
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Emisiones; Dióxido de nitrógeno Tráfico; Madrid; Decretos; Información; Comunicación; Publicidad; Medidas de restricción
Resumen:
En este supuesto concreto, el Tribunal Superior se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “DEVUELTA ASISTENCIA LEGAL, S.L.” contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 27 de Madrid, que a su vez desestimó íntegramente su pretensión. El recurso trae causa del Decreto 576/2015, de 11 de noviembre, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se adoptan las medidas de restricción del tráfico previstas en el protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid. En esta norma se establecen los requisitos y determinaciones de las limitaciones a la circulación previstas en el escenario 1.
En realidad, se
Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago: Contaminación del aire, acceso a la información y prevención
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Sentencia de la Corte Suprema de Chile, 28 de mayo de 2019, Rol N° 5888-2019
Temas clave: protección constitucional del medio ambiente; contaminación del aire; acceso a la información
Resumen:
La Corte Suprema conoce de la acumulación de doce recursos de protección presentados por diversos individuos, Defensora de la niñez, fundaciones, ONG, la Municipalidad de Quinteros y Municipalidad de Puchuncaví, entre otros, en contra de ENAP Refinerías S.A.; de Enel Generación Chile S.A.; de Copec S.A.; de Epoxa S.A.; de GNL Quintero S.A.; de Oxiquim S.A.; de Gasmar S.A.; de Codelco Chile División Ventanas; de Cementos Bío Bío S.A.; de Puerto Ventanas S.A.; de Aes Gener S.A.; de Asfaltos Chilenos S.A.; del Estado de Chile; del Ministerio del Medio Ambiente; del Ministerio de Salud; de la Superintendencia del Medio Ambiente; de la Dirección Regional de la Oficina Nacional de Emergencia de la Quinta Región; de la Dirección Nacional de la Oficina Nacional de Emergencia; del Ministro del Interior; del Intendente de la Región de Valparaíso;
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