Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 10 de diciembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Adriana Cid Perrino)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4986/2019 – ECLI: ES:TSJCL:2019:4986
Temas Clave: Minería; Canteras; Licencia ambiental; Evaluación de impacto ambiental
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil CANTERAS PEÑAMALA S.A contra la sentencia de 17 de marzo de 2017 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo N.° 1 de León. Como apelada figura la entidad GRAVERAS DEL BIERZO S.A.
La parte apelante alega que la sentencia de instancia no ha interpretado correctamente la normativa aplicable al considerar que la actividad de cantera y planta de tratamiento de áridos desarrollada por la citada mercantil está sujeta a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Y ello por entender que a la fecha de haberse obtenido por silencio administrativo la licencia ambiental solicitada, aunque se encontraba en vigor el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 27 de diciembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ricardo Estevez Goytre)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 3051/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019:3051
Palabras clave: Residuos; Procedimiento sancionador; Espacios naturales protegidos; Vertidos
Resumen:
En el presente supuesto, una mercantil impugna el Acuerdo de 27 de julio de 2018 del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha, mediante la que fue sancionada por la comisión de vertidos de aspecto oleoso, infracción muy grave a la luz del articulo 46.2.c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
La recurrente alude a que el Acuerdo sancionador reconoce que “la pequeña cantidad generada, y ante la ausencia precisa del volumen de residuo vertido, y no teniéndose elementos probatorios suficientes para determinar una gran entidad en el vertido del residuo peligroso constatado, se consideró que los hechos denunciados eran constitutivos de una
Decisión de inadmisión del TEDH de 4 de febrero de 2020, demanda núm. 44837/07, Çiçek y otros c. Turquía
Autor: Enrique J. Martínez Pérez, Profesor de Derecho internacional público de la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Tribunal Europeo de Derechos Humanos; Obligaciones positivas; Contaminación industrial; Umbral de gravedad; Afectación directa
Resumen:
Un nuevo caso de contaminación industrial ha sido resuelto por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sin éxito para los demandantes, pues su queja ni tan siquiera fue admitida de acuerdo con el artículo 35. 3 (a) y 4 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades. La demanda fue presentada por un grupo de ciudadanos turcos que vivían en las cercanías de una fábrica de cal, en la ciudad de Orhangazi (a 500 metros según los demandantes y a 980 según el gobierno). En los procedimientos judiciales internos habían solicitado el cierre de la planta, alegando, en primer lugar, que el viento había arrastrado las emisiones tóxicas liberadas causando la contaminación del aire, y, en segundo lugar, que la planta estaba funcionando sin los permisos y licencias necesarios, sin la previa evaluación
Sentencia Núm. 161/2019 de 12 de diciembre de 2019 del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Juan José González Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE número 10, de fecha 11 de enero de 2020
Temas Clave: Instrumentos de planeamiento ambiental; Dominio público marítimo terrestre; Competencias; Urbanismo; Edificabilidad; Ordenación territorial; Licencia urbanística
Resumen:
El presente pronunciamiento del Tribunal Constitucional resuelve el recurso planteado por más de cincuenta diputados, integrantes del grupo parlamentario confederal de Unidos Podemos-En Comú y Podem-En Marea, contra la Ley de la Asamblea Regional de Murcia 10/2018, de 9 de noviembre, de aceleración de la transformación del modelo económico regional para la generación de empleo estable de calidad, principios de seguridad jurídica y autonomía local, competencias de protección ambiental: nulidad parcial de los preceptos legales autonómicos que introducen un incentivo de edificabilidad para la renovación hotelera y privan a las normas transitorias de la condición de instrumentos de planeamiento ambiental; interpretación conforme con la Constitución de los preceptos legales autonómicos que pueden incidir sobre la protección del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 12 de diciembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Luis Miguel Blanco Domínguez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 5084/2019 – ECLI: ES:TSJCL: 2019: 5084
Temas Clave: Lobo; Planes; Aprovechamientos comarcales; Caza; Directiva de hábitats; Especies cinegéticas; Informes científicos y técnicos; Reparación del daño; Principio de quien contamina paga; Indemnización; Situación jurídica individualizada
Resumen:
La Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) recurre la Resolución de 29 de julio de 2016 de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, por la que se aprueba el Plan de aprovechamientos comarcales de lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del Río Duero en Castilla y León para las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019. (BOCyL nº 152, de 8 de agosto de 2016).
ASCEL pretende que se declare la nulidad de la resolución recurrida y de cuantas actuaciones se hayan llevado a cabo como consecuencia de su cumplimiento, y se condene
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