Orden AAA/1366/2016, de 4 de agosto, por la que se declaran zonas especiales de conservación de lugares de importancia comunitaria de la Región Marina Mediterránea de la Red Natura 2000, se aprueban sus correspondientes medidas de conservación y se propone la ampliación de los límites geográficos de dos lugares de importancia comunitaria
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 193, de 11 de agosto de 2016
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Red Natura 2000; Zona Marítimo Terrestre; Andalucía, Baleares y Murcia
Resumen:
Las zonas marinas protegidas designadas bajo la Directiva Hábitats constituyen una importante contribución para la consecución del buen estado ambiental del medio marino europeo. La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino establece el marco general para la planificación en este medio con el objetivo de lograr su buen estado ambiental. En su artículo 28. c), relativo a las funciones de la Administración General del Estado, establece la obligación de declarar y gestionar las ZEC en el medio marino.
El Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017 determina en su Objetivo 3.11, establecer Áreas