Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de abril de 2018 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (art. 9, apartado 3)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia, inmaculada.revuelta@uv.es
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Séptima), Asunto C-323/17, ECLI:EU:C:2018:244
Temas Clave: Natura 2000; hábitats naturales; zonas especiales de conservación; proyecto; evaluación ambiental; parque eólico
Resumen:
El Tribunal Supremo de Irlanda solicitó pronunciamiento al TJUE en el litigio entre la asociación ambiental People Over Windy y la empresa pública Coillte, por la ejecución de las obras de conexión a la red eléctrica de un parque eólico, fundamentado en el daño que podían causar los materiales resultantes (limo y sedimentos) en la especie de ostra perlífera en peligro de extinción Margaritifera del Nore presente en dos lugares Natura 2000 afectados.
El juez interno tenía dudas sobre la compatibilidad de la decisión de la autoridad competente considerando innecesario realizar la evaluación adecuada que exige el art. 6.3 de la Directiva de hábitats antes de ejecutar un plan o proyecto que puede afectar a Natura 2000 debido a que la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 11 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Borrego López)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 3028/2017 – ECLI:ES:TSJCLM:2017:3028
Temas Clave: Almacén Temporal Centralizado (ATC); Planeamiento urbanístico; Residuos radioactivos; Villar de Cañas; Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
En junio de 2015 se aprobó por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cuenca, el Plan de Ordenación Municipal de Villar de Cañas. Sin embargo, mediante Resolución de 6 de noviembre de 2015, de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se decidió estimar el requerimiento previo formulado por el Alcalde-Presidente de Alconchel de la Estrella, declarando nulo de pleno derecho el acto de aprobación de dicho Plan de Ordenación Municipal. Los motivos que se adujeron para esta anulación del Plan por la misma administración que lo aprobó tan solo unos meses antes, se encontraban en la ausencia de informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre la suficiencia de recursos hídricos para las demandas que el Plan contemplaría,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 13 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Cesar Díaz Casales)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 7930/2017 – ECLI:ES:TSJGAL:2017:7930
Temas Clave: Biodiversidad; Directiva de Hábitats 92/43 CEE; Espacios naturales protegidos; Protección de especies; Red natura 2000; Responsabilidad patrimonial de la administración; Zonas de especial conservación
Resumen:
A través del Decreto 37/2014, de 27 de marzo, se declararon varios espacios como Zonas de Especial Protección (ZEC) y se aprobó el Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia.
Unos particulares, propietarios de 119.387 metros cuadrados integrados en uno de estos espacios ZEC, solicitan una indemnización económica que asciende a la cantidad de 134.736 euros, bajo el instituto de la responsabilidad patrimonial de la administración, al entender que la aprobación del citado Decreto introducía determinadas limitaciones de usos y actividades que exceden de los inherentes al derecho de propiedad.
Tal reclamación de responsabilidad patrimonial de la administración es desestimada (primero presuntamente por silencio negativo, y luego mediante una resolución expresa tras la interposición de recurso) por la administración autonómica, interponiendo los particulares recurso
“Bardenas Reales” se designa como Zona de Especial Conservación y se aprueba su plan de gestión
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto Foral 120/2017, de 27 de diciembre, por el que se designa el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Bardenas Reales” como Zona Especial de Conservación, se aprueba el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación, de la ZEPA ES0000171 “El Plano-Blanca Alta”, de la ZEPA ES0000172 “Rincón del Bu-La Nasa-Tripazul” y del enclave Natural “Pinar de Santa Águeda” (EN-4), y se actualiza el Plan Rector de Uso y Gestión de las reservas naturales “Vedado de Eguaras” (RN-31), “Rincón del Bu” (RN-36) y “Caídas de la Negra” (RN-37). (BON núm. 20, de 29 de enero de 2018)
Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; ZEPA; ZEC; Gestión
Resumen:
El espacio denominado “Bardenas Reales” ocupa una superficie de 58.442,54 ha., de las que 41.516,95 están integradas en el Parque Natural “Bardenas Reales de Navarra”, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Bardenas Reales y cuya gestión se rige por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado mediante Decreto Foral 266/1998, de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala cuarta), de 19 de octubre de 2017, asunto C-281/16, por el que se resuelve la cuestión prejudicial planteada en relación con la validez de la Decisión 2015/71/UE relativa a los LICs de la región biogeográfica atlántica
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-281/16
Temas clave: Hábitats, Zonas de especial conservación, posible reducción, justificación
Resumen:
La cuestión prejudicial se planta en el marco de un litigio entre Vereniging Hoekschewaards Landschap (ONG ambiental de protección de la naturaleza y el paisaje) y la Secretaria de Estado de Asuntos Económicos de Holanda, en relación con la legalidad de una resolución de reducción de la superficie de una zona especial de conservación (ZEC).
En particular, la cuestión prejudicial versa sobre la validez de la Decisión 2015/72 de la Comisión, por la que se adopta la octava lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica.
El Leenheerenpolder es un pólder de unas 110 hectáreas de superficie que formaba parte del lugar Haringvliet cuando éste fue incluido, mediante la Decisión 2004/813, en la lista de
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