Gases efecto invernadero:
LÓPEZ JIMÉNEZ, José María. “Un ejemplo preocupante de externalidad negativa: los gases con efecto invernadero”. Extoikos, n. 15, diciembre 2014, pp. 29-33, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.extoikos.es/numero15.htm [Fecha de último acceso 12 de enero de 2015].
Gestión de riesgos:
STEINLÉ-FEUERBACH, Marie-France. “Risques naturels & technologiques”. Droit de l’Environnement, n. 226, septiembre 2014, pp. 330-338
Incendios:
TOLIVAR ALAS, Leopoldo. “Incidencia ambiental de incendios no forestales: algunas pautas jurisprudenciales”. Revista vasca de administración pública = Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria, n. 99-100, mayo-diciembre 2014, pp. 2835-2851, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ivap.euskadi.net/r61-vedrvap/es/contenidos/informacion/rev_vasca_adm_pub/es_def/index.shtml [Fecha de último acceso 14 de enero de 2015].
Industria:
BARCINA, Carlos. “El control ambiental de la actividad industrial que desarrolla Petronor en Bizkaia”. Foro Medio Ambiente (Carlos Barcina), 18 diciembre 2014, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogak.ararteko.net/ingurumena/2014/12/18/el-control-ambiental-de-la-actividad-industrial-que-desarrolla-petronor-en-bizkaia/ [Fecha de último acceso 14 de enero de 2015].
HENRY, Guillaume. “Les semences de ferme: une exception aux droits de propriété industrielle âprement discutée”. Droit de l’Environnement, n. 226, septiembre 2014, pp. 307-313
Información ambiental:
CASADO CASADO, Lucía. “Estudio sobre el alcance de la supletoriedad de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno sobre la Ley 27/2006, de
Especies amenazadas:
WOLF, Rainer. “Der Schutz des Wolfs im Lichte des europäischen Gemeinschaftsrechts”. Natur und recht, vol. 36, n. 7, julio 2014, pp. 463-470
Evaluaciones ambientales:
MACKEY, Katherine V. “Reforming “The Blob”: Why California’s Latest Approach to Amending CEQA Is a Bad Idea”. Columbia Journal of Environmental Law, vol. 39, n. 2, septiembre 2014, pp. 357-388, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.columbiaenvironmentallaw.org/articles/reforming-the-blob-why-california-s-latest-approach-to-amending-ceqa-is-a-bad-idea [Fecha de último acceso 28 de noviembre de 2014].
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
BECKMANN, Martin. “Umweltverträglichkeitsprüfung in der praktischen Anwendung”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
ERBGUTH, Wilfried. “Ziel, Konzeption und Entwicklungslinien der Umweltverträglichkeitsprüfung”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
KLINGER, Remo. “Umweltverträglichkeitsprüfung und Rechtsschutz”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
PHILIPP-GERLACH, Ursula; LUKAS, Andreas. “Die UVP-Vorprüfung in der Rechtsprechung und Praxis”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
SANGENSTEDT, Christof. “Die Reform der UVP-Richtlinie 2014: Herausforderungen für das deutsche Recht”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 10, 2014
Fiscalidad ambiental:
FERNÁNDEZ DE BUJÁN Y ARRANZ, Antonio. “La reforma del sistema tributario español: impuestos especiales y medioambientales”. Quincena fiscal, n. 18, 2014, pp. 85-102
Fractura hidráulica:
ENGELHARDT, Mark. “Rechtliche Betrachtungen zum “Fracking” ”. Natur und recht, vol. 36, n. 8, agosto
Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. (DOCV núm. 7319, de 17 de julio de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Vías pecuarias
Resumen:
La Comunitat Valenciana cuenta con un rico patrimonio de vías pecuarias que conforman una red de más de 14.000 kilómetros y ha devenido en uno de sus principales activos medioambientales, que esta ley pretende defender. Su conservación confiere a la Comunitat la posibilidad de establecer una estructura verde de comunicaciones, independiente de la red de carreteras, que articulará todo el territorio valenciano y facilitará el acercamiento entre los cascos urbanos y el campo. Para ello se prevé complementar, con respecto a su función tradicional de tránsito ganadero, nuevas utilidades que tienen que ver con las actividades recreativas y medioambientales.
Esta ley se estructura en un título preliminar y cinco títulos; seis disposiciones adicionales, cinco transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.
En el título preliminar “disposiciones generales”, se recoge la finalidad de esta ley, que no es otra que “conservar y consolidar, proteger y recuperar
Espacios naturales protegidos
MORAIS Guerra, José Armando. “Espacios naturales protegidos en el ordenamiento jurídico portugués”. IeZ: Ingurugiroa eta zuzenbidea: Urtekaria = Ambiente y derecho: Anuario, n. 11, 2013, pp. 29-44, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.eitelkartea.com/default.cfm?atala=6&azpiatala=60&m1=2 [Fecha de último acceso 22 de enero de 2014].
PEÑA CHACÓN, Mario. “Los principios de objetivación de la tutela ambiental e irreductibilidad de espacios sometidos a régimen especial de protección y su relación con la prohibición de retroceso”. Medio ambiente y derecho: revista electrónica de derecho ambiental, n. 25, diciembre 2013, [en línea]. Disponible en Internet: http://huespedes.cica.es/gimadus/25/06-los_principios_de_objetivacion_de_la_tutela_ambiental.html [Fecha de último acceso 12 de febrero de 2014].
Decreto 133/2013, de 23 de julio, del Gobierno de Aragón, de simplificación y adaptación a la normativa vigente de procedimientos administrativos en materia de medio ambiente (BOA núm. 152, de 2 de agosto)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas clave: Residuos; Suelos; Reglamento comunitario de ecogestión y ecoauditoría ( EMAS ); Vías pecuarias; Información ambiental
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto la simplificación y adaptación a la normativa vigente de diversos procedimientos en materia de medio ambiente. En concreto, las modificaciones pueden resumirse en los siguientes puntos:
1.- Adaptación a lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, de varios procedimientos administrativos cuya tramitación y resolución actualmente es competencia del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y adaptación a lo establecido en la citada ley de las autorizaciones y comunicaciones de las instalaciones y actividades ya existentes.
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