Instrumentos y protocolos internacionales:
AGUILAR, Soledad. “Global Environment Facility (GEF)”. Yearbook of International Environmental Law, n. 22, 2011, pp. 612-615
GALIZZI, Paolo. “International Court of Justice (ICJ)”. Yearbook of International Environmental Law, n. 22, 2011, pp. 577-582
GARCÍA-REVILLO, Miguel G. “International Tribunal for the Law of the Sea (ITLOS)”. Yearbook of International Environmental Law, n. 22, 2011, pp. 582-590
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Energía:
GEHRING, Markus W. “Air Transport Association of America v. Energy Secretary: Clarifying Direct Effect and Providing Guidance for Future Instrument Design for a Green Economy in the European Union”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 21, n.2, julio 2012, pp. 149-153
KROLIK, Christophe. “Energie”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 2, 2012, pp. 385-388
RAZQUÍN LIZÁRRAGA, Martín María. “Energía y medio ambiente: marco normativo y aplicación judicial”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 21, enero-abril 2012, pp. 23-60
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Burgos), de 11 de mayo de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: ROJ TSJ CL 2627/2012
Temas Clave: Vertido; Purines; Autorización; Dominio público hidráulico; Infracción y Sanción
Resumen:
En esta resolución judicial se analiza la procedencia de una sanción impuesta al amparo del artículo 116.3 f) de la Ley de Aguas a una sociedad cooperativa, consistente en multa y requerimiento para cumplir el condicionado del código de buenas prácticas agrarias, aprobado por la Junta de Castilla y León según Decreto 40/2009, de 25 de junio; debido a un vertido no autorizado de dos cubas de 16.000 litros de purín cada una de ellas sobre fincas de labor, en un paraje del término municipal de Ausejo de la Sierra en Soria; produciendo su encharcamiento y la posibilidad de contaminar el dominio público hidráulico al tiempo de una posible degradación de la flora y fauna, salud pública y medio ambiente en general.
En principio, la
Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de junio de 2012. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente Rafael Fernández Valverde.
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 4028/2012
Temas Clave: Aguas; Dominio Público Hidráulico; Vertidos; Autorización de Vertido
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación contra la Sentencia dictada por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el 11 de marzo de 2010, que estimó parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido por el Ayuntamiento de Almendralejo contra la desestimación por silencio del recurso de reposición formulado contra a Resolución de la Ministra de Medio Ambiente de 19 de marzo de 2007 que impuso a dicho Ayuntamiento una sanción de multa de 240.000 euros y la obligación de indemnizar por los daños causados al dominio público hidráulico en la suma de 44.870,19 euros, por la comisión de la infracción administrativa tipificada en el artículo 116.3.a) y c) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001,
Decreto 136/2012, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales. (DOG núm.119, de 22 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Fiscalidad ambiental; Canon del agua; Coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales
Resumen:
El presente reglamento tiene por objeto el desarrollo de las normas de aplicación del canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales, tributos creados y regulados en la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.
La elaboración del Decreto, presenta una doble justificación: por una parte, la remisión que la Ley 9/2010, de 4 de noviembre hace en muchos aspectos a la gestión y configuración de los tributos del canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas a un desarrollo posterior; y por otra parte, si bien la citada ley entró en vigor a los treinta días siguientes de su publicación en el
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