Información ambiental:
GHOSH, Shibani. “Access to Information as Ruled by the Indian Environmental Tribunal: Save Mon Region Federation v. Union of India”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 22, n. 2, julio 2013, pp. 202-206
KINIGER, Alessandro; TRIDENTE, Ginevra. “Tecniche di fingerprinting e indagini ambientali”. Rivista giuridica dell’ ambiente, n. 2, 2013, pp. 157-168
Medio marino:
BENINDE, Joscha et al. “Workshop-Bericht: “Anthropogene Störung mariner Ökosysteme in Deutschland – eine natur- und rechtswissenschaftliche Bewertung””. Natur und recht, vol. 36, n. 6, junio 2013, pp. 410-412
CHUENPAGDEE, Ratana et al. “Marine protected areas: Re-thinking their inception”. Marine policy: the international journal of ocean affairs, n. 39, mayo 2013, pp. 234-240
Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos (BOCAN núm. 156, de 14 de agosto de 2013)
Autora: Mar Lázaro Gálvez, Alumna en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Actividades clasificadas; Intervención administrativa; Comunicación previa; Contaminación acústica; Residuos; Seguridad, salud de las personas y medio ambiente
Resumen:
A través de la aprobación de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, se estableció el régimen jurídico aplicable a estas actividades y se determinaron los instrumentos de intervención administrativa a las que aquellas quedaban sometidas, generalizándose el régimen de comunicación previa, de tal forma que la exigencia de autorización resultara excepcional, previéndose, en su caso, una reducción de los plazos de máximos de resolución y la generalización del silencio administrativo. Como consecuencia de lo anterior, se reforzó el control a posteriori. La Ley también articula medidas de coordinación respecto del procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada así como regularización de diversos supuestos de responsabilidad administrativa.
Agricultura:
ELOUHICHI, Kamel et a. “Modelling agri-food policy impact at farm-household level in developing countries (FSSIM-Dev): application to Sierra Leone”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 130 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/modelling-agri-food-policy-impact-at-farm-household-level-in-developing-countries-fssim-dev–pbLFNA25962/ [Fecha de último acceso 2 de agosto de 2013].
SOMMA, Francesca. “River basin network on Water Framework Directive and Agriculture”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 266 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/river-basin-network-on-water-framework-directive-and-agriculture-pbLBNA25978/ [Fecha de último acceso 2 de agosto de 2013].
Aguas:
MAARLEVELD, Thijs; GUÉRIN, Ulrike; EGGER, Barbara. “Manual para actividades dirigidas al patrimonio cultural subacuático: directrices para el Anexo de la Convención de la UNESCO de 2001”. París (Francia): UNESCO, 2013. 345 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://unesdoc.unesco.org/ulis/cgi-bin/ulis.pl?lin=1&catno=220716 [Fecha de último acceso 2 de agosto de 2013].
Directiva 2013/41/UE de la Comisión de 18 de julio de 2013 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la 1R-trans-fenotrina como sustancia activa en su anexo I (Texto pertinente a efectos del EEE) (DOUE L 196/18, de 19 de julio de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Biocidas; Comercialización de biocidas
Resumen:
El Reglamento núm. 1451/2007 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, aparatado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la comercialización de biocidas, establece una lista de sustancias que deben evaluarse con vistas a su posible inclusión en los anexos de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero, relativa a la comercialización de biocidas. En la lista señalada figura la d-fenotrina.
Aguas:
HUELIN MARTÍNEZ DE VELASCO, Joaquín (Dir.). “Agua: legislación y justicia: regulación comunitaria y jurisprudencia en el derecho de aguas”. Barcelona: Fundación Agbar, 2013. 164 p.
Alimentación:
EUFORMACIÓN CONSULTORES, S. L. “Norma IFS de seguridad alimentaria (International Food Standar) V. 6”. Antequera (Málaga): IC Editorial, 2013. 186 p.
Atmósfera:
MARGALEF, Ramón. “La nostra biosfera”. Valencia: Publicacions de la Universitat de Valencia, 2012. 220 p.
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