8 May 2015

Monographs Bibliographic references Doctoral theses

Referencias bibliográficas al día. Tesis doctorales

Almacenamiento geológico de dióxido de carbono:

SCHELLENBERGER, Thomas. “Le droit public des utilisations du sous-sol: réflexions sur le régime juridique des stockages géologiques de déchets”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Marie-Laure Lambert-Habib. Marsella (Francia): Université d’Aix-Marseille, 2014

Cambio climático:

WEWERINKE, Margaretha Johanna. “State responsibility, climate change and human rights under international law”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Martin Scheinin. Vanuatu (República de Vanuatu): University of the South Pacific, 2015.

Derecho ambiental:

JOLIVET, Simon. “La conservation de la nature transfrontaliére”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Jessica Makowiak. Limoges (Francia): Université de Limoges, 2014, 566 p.

Derechos fundamentales:

WEWERINKE, Margaretha Johanna. “State responsibility, climate change and human rights under international law”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Martin Scheinin. Vanuatu (República de Vanuatu): University of the South Pacific, 2015.

Organismos modificados genéticamente ( OMG ):

FOUCHECOUR-CAZALS, Françoise. “Le droit des organismos génétiquement modifiés: le principe de précaution face aux libertés”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Maryse Dequergue-Bourgoin. París (Francia): Université Paris I Sorbonne, 2014

Residuos:

SCHELLENBERGER, Thomas. “Le droit public des utilisations du sous-sol: réflexions sur le régime juridique des stockages géologiques de déchets”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Marie-Laure Lambert-Habib. Marsella (Francia): Université

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29 April 2015

Aragon Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Aragón. Caza

Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: BOA núm. 58, de 25 de marzo de 2015

Temas clave: Caza; Especies cinegéticas; Reservas de caza; Cotos de Caza; Responsabilidad por daños

Resumen:

Esta Ley, que sustituye a la anterior Ley 5/2002 de 4 de abril, regula el ejercicio de la caza en Aragón, en armonía con la gestión, protección, conservación, fomento y ordenado aprovechamiento de los recursos cinegéticos y del medio natural, pretendiendo asimismo mejorar y corregir algunas de las disfunciones detectadas en la práctica deportiva cinegética, según declara el propio Preámbulo.

Esta norma trae consigo importantes novedades respecto de la anterior que deroga, de las cuales caben destacar las siguientes:

-Un claro objetivo de simplificación administrativa de los trámites relacionados con la práctica cinegética, en lo concerniente, por ejemplo, a la unificación de las distintas licencias de caza en una única.

-Se efectúa una mayor especificación al respecto de a quién pertenecen los derechos cinegéticos, que es el dueño del terreno, tal y como dispone el artículo 5.

-Se crea un fondo de gestión de las reservas de caza, en

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27 April 2015

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Comentario: “La reducción de las actividades a las que se exige garantía financiera obligatoria en el sistema de responsabilidad medioambiental (Real Decreto 183/2015)”

Título: “La reducción de las actividades a las que se exige garantía financiera obligatoria en el sistema de responsabilidad medioambiental (Real Decreto 183/2015)”

Autora: Blanca Lozano Cutanda, Catedrática de Derecho Administrativo, Consejera Académica de Gómez-Acebo & Pombo

Autor: Pedro Poveda Gómez, Socio Coordinador del Área de medio ambiente, Gómez-Acebo & Pombo

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00214

22 April 2015

Castilla and La Mancha Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Castilla-La Mancha. Caza

Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: DOCM núm. 49, de 12 de marzo de 2015

Temas Clave: Caza; Recursos cinegéticos; Planes de Conservación del Patrimonio Genético; Responsabilidad por daños; Certificación de la Calidad Cinegética; Cotos de Caza y Zonas Colectivas de Caza; Titulares cinegéticos y titulares del aprovechamiento cinegético; Planes de Ordenación Cinegética; Planes Zoosanitarios Cinegéticos

Resumen:

La importancia que la caza alcanza en esta Comunidad Autónoma como actividad comercial, deportiva, recreativa y lúdica; ha conducido al legislador a la aprobación de esta nueva Ley cuyo objeto principal es “regular el ejercicio de la caza en Castilla-La Mancha, mediante la planificación ordenada de la actividad cinegética, con la finalidad de proteger, conservar, fomentar y aprovechar ordenada y sosteniblemente sus recursos cinegéticos de manera compatible con la conservación del medio natural y fomento de los hábitats de las especies cinegéticas, con especial atención de las declaradas preferentes, así como el desarrollo económico rural, compatibilizando los fines sociales, deportivos, ecológicos, culturales, turísticos y/o comerciales que pueden y deben lograrse con una adecuada práctica cinegética”.

La

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5 February 2015

Castille and Leon Current Case Law High Court of Justice of the Administrative Community

Jurisprudencia al día. Castilla y León. Responsabilidad por daños de lobo

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 30 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Concepción García Vicario)

Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Roj: STSJ CL 4669/2014 – ECLI:ES:TSJCL:2014:4669

Temas Clave: Fauna; Lobo; Daños; Responsabilidad

Resumen:

En este caso concreto, la Sala determina si debe prosperar el recurso formulado por la mercantil “El Carmocho, S.L.” frente a la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud formulada por la recurrente ante el Consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de los ataques de lobos a la explotación ganadera de su propiedad.

La recurrente considera que concurre responsabilidad patrimonial de la Administración, por lo que está obligada a indemnizar los daños (que califica de continuados), ocasionados por el lobo, en su condición de especie protegida.

A sensu contrario, la Administración entiende que precisamente por tratarse de ataques de una especie protegida, los ciudadanos tienen la obligación de soportar los daños, máxime cuando la Administración ha adoptado

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