Fuente: Ecoticias.com, 20 de julio de 2009.
El catálogo de servicios del Gobierno de Navarra ha incorporado dos nuevas prestaciones que ofrecen la posibilidad de realizar trámites vía internet para el traslado de residuos peligrosos.
Se trata de la notificación previa y de los documentos de control y seguimiento, elementos clave para el control administrativo de la gestión de estos residuos. A través de la notificación previa los productores y gestores de los residuos peligrosos dan aviso a la Administración Foral de que se va a producir un traslado de este tipo con origen en Navarra. Los documentos de control y seguimiento, por su parte, tienen la función de comunicar entre productores y gestores del sector los datos del traslado e informar de ello a la Administración, tanto foral como central y de otras comunidades involucradas.
Las principales ventajas del procedimiento electrónico son que se consigue una mayor agilidad en la tramitación y una mayor fiabilidad en los datos. Asimismo, se cumple con la legislación europea vigente y se posibilita que aquellas empresas que, en la actualidad, no disponen de sistemas de información para la tramitación vía internet tengan a su alcance una base común para
Fuente: “Europa”. Portal de la Unión Europea. http:\\europa.eu
Hoy culmina el plazo concedido a los Estados miembro para cumplir las obligaciones que dimanan de la normativa comunitaria en materia de vertido de residuos, relativas a los vertederos existentes con anterioridad a su entrada en vigor. La Comisión ha escrito a todos los Estados miembros para recopilar datos sobre el cumplimiento de las obligaciones que impone la normativa, y recordar la necesidad de su cumplimiento.
Decreto 117/2009 de 23 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 262/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de la producción, posesión y gestión de los residuos de la construcción y la demolición, y del régimen jurídico del servicio público de eliminación y valorización de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 3 de julio de 2009).
El Reglamento aprobado por el Decreto 262/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, introduce la ordenación general de las actividades de producción, posesión y gestión de residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Aragón. En concreto, introduce el régimen de autorización para la utilización de residuos inertes procedentes de actuaciones de construcción y demolición, además del régimen jurídico aplicable al traslado de residuos de construcción y demolición con origen o destino fuera de la Comunidad Autónoma.
Con la finalidad de lograr la máxima protección del medio ambiente, el Gobierno de Aragón ha aprobado un nuevo Decreto de modificación del 262/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de
Fuente: Consejo de la Unión Europea.
El pasado 25 de junio la ciudad de Luxemburgo albergó la 2953ª sesión del Consejo de la Unión Europea – Medio Ambiente, celebrada bajo la presidencia de D. Ladislav Miko, Ministro de Medio Ambiente de la República Checa. Pueden consultarse a continuación las conclusiones que resultaron de la reunión: (versión no disponible castellano)
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras (BOE, 13 de junio de 2009)
El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento de medidas, procedimientos y orientaciones para prevenir o reducir en la medida de lo posible los efectos adversos que sobre el medio ambiente, en particular sobre las aguas, el aire, el suelo, la fauna, la flora y el paisaje, y los riesgos para la salud humana puedan producir la investigación y aprovechamiento de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, y, fundamentalmente, la gestión de los residuos mineros.
Incorpora al ordenamiento interno español la Directiva 2006/21/CE, sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas. Tiene carácter básico y pretende unificar y mejorar las disposiciones relativas a la protección del medio ambiente en elámbito de la investigación y aprovechamiento de los recursos minerales regulado por la Ley de Minas.
Este reglamento deroga las siguientes disposiciones:
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