Real Decreto 1217/2024, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 292, de 4 de diciembre de 2024
Palabras clave: Energía nuclear. Instalaciones nucleares. Instalaciones radiactivas. Seguridad nuclear. Autorizaciones. Radiaciones ionizantes. Transporte. Vertidos. Combustible nuclear gastado. Residuos radiactivos. Plan de desmantelamiento. Información.
Resumen:
Con carácter general, se considera necesaria la revisión del hasta ahora vigente Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, al objeto de completar de forma coherente el marco reglamentario relacionado con la energía nuclear, transponiendo en este nuevo texto los aspectos de la Directiva 2013/59/Euratom del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, que afectan a su ámbito de aplicación y armonizando su contenido con lo dispuesto en el Reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares, aprobado por Real Decreto 1400/2018, de 23 de noviembre.
Asimismo, se han identificado algunos aspectos de la Directiva 2013/59/Euratom del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, no
Título: “Análisis del régimen jurídico de las zonas contaminadas radiológicamente en España”
Title: “Analysis of the legal regime of radiologically contaminated areas in Spain”
Autor: Juan Manuel Ayllón Díaz-González. Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Málaga (España). jmayllon@uma.es. ORCID: https://orcid.org/0000-0003-0619-3424
Fecha de recepción: 03/07/2024
Fecha de aceptación: 20/09/2024
Fecha de modificación: 26/09/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00384
Documento completo: “Análisis del régimen jurídico de las zonas contaminadas radiológicamente en España”
Resumen:
Este artículo analiza la normativa española que regula los procedimientos legales para la declaración de aquellas zonas que se encuentran contaminadas por radiaciones ionizantes y el marco jurídico de las actuaciones de recuperación de estos espacios. El análisis es comprensivo, igualmente, de los controles a los que se somete a las actividades potencialmente contaminantes del suelo con radionucleidos. Dado que se trata de una normativa que está aún pendiente de desarrollo reglamentario para su aplicación efectiva, el artículo reflexiona sobre qué aspectos deberían regularse en ese futuro reglamento. En estos análisis, se presta especial atención a la cuestión de quién debe asumir la responsabilidad para hacerse cargo de las labores de remediación y los cometidos que en todos estos procesos tiene el Consejo de Seguridad Nuclear. El artículo aborda, también,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 21 de diciembre de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Javier Oraa González)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 4819/2023 – ECLI:ES: TSJCL: 2023:4819
Palabras clave: Uso excepcional en suelo rústico. Urbanismo. Minería. Instalación radiactiva. Suelo rústico con protección. Biodiversidad. Paisaje.
Resumen:
La Sala conoce del recurso de apelación formulado por la Asociación “Plataforma Stop Uranio” contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Salamanca de 13 de septiembre de 2022, que desestimó el recurso contencioso administrativo formulado por aquélla contra la Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, de 25 de septiembre de 2019, que desestimó el recurso de alzada presentado por la actora contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca, de 20 de julio de 2017, que concedió autorización de uso excepcional en suelo rústico para el proyecto minero Retortillo, ubicado en la
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo por el que se adoptan las instrucciones necesarias para el abandono del proyecto para albergar un Almacén Temporal Centralizado (ATC) en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) y se insta a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., a llevar a cabo las actuaciones que procedan para la terminación ordenada de los procedimientos iniciados para su puesta en funcionamiento
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 14, de 16 de enero de 2024)
Palabras clave: Residuos radiactivos. Almacenes temporales descentralizados.
Resumen:
El Séptimo Plan de Gestión de Residuos Radiactivos, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 27 de diciembre de 2023, ante la falta del consenso social, político e institucional necesario para designar el emplazamiento del ATC en el municipio de Villar de Cañas, optó por establecer almacenes temporales descentralizados en cada uno de los siete emplazamientos de las centrales de Almaraz, Ascó, Cofrentes, Santa María
Sentencia del TEDH de 1 de julio de 2021, demandas 56176/18, 56189/18, 56232/18, 56236/18, 56241/18 et 56247/18 (Asociación BURESTOP 55 y otros c. Francia)
Autor: Enrique J. Martínez Pérez, Profesor Titular de Derecho internacional público de la Universidad de Valladolid
Palabras clave: ONG. Convenio de Aarhus. Acceso información ambiental. Acceso a la justicia.
Resumen:
La reclamación tiene su origen en la oposición de los demandantes al proyecto para el almacenamiento geológico profundo de los residuos radiactivos de alta actividad y vida larga derivados de las instalaciones nucleares francesas. Su gestión corresponde en el país vecino a la Agencia Nacional Francesa para la Gestión de Residuos Radiactivos (ANDRA), organismo público de carácter industrial y comercial, entre cuyas funciones se encuentra poner a disposición del público información sobre los residuos radioactivos.
Después de varios años de investigación, la Agencia concluyó que la opción más recomendable era el almacenamiento. De este modo, presentó una zona de 30 km² cerca de Bure para su construcción, aceptado posteriormente el gobierno esta propuesta. Una vez autorizado el proyecto de construcción, se prevé que las obras comiencen en el año 2023/24.
Tras
|