DECRETO 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 43 de 3 de marzo de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Residuos de la construcción y la demolición; Contaminación; Extremadura
Resumen:
Con el objetivo de proteger el medio ambiente, reducir el impacto paisajístico y defender los recursos naturales, aprueba la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente el presente Decreto. Un Decreto, que tiene por finalidad regular la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la comunidad Autónoma de Extremadura.
El presente Decreto encuentra su legitimidad en el artículo 8 del Estatuto de Autonomía de Extremadura que le habilita para el desarrollo normativo en materia de gestión de residuos, ya que la legislación básica es competencia exclusiva del Estado, tal y como se establece en el artículo 149.1.23 de nuestra Carta Magna. Del mismo modo, este Decreto desarrolla las directrices contenidas en las disposiciones relativas a los residuos de construcción
Decreto 72/2010, de 28 de octubre, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC núm. 214, de 8 de noviembre de 2010).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
El Decreto, que encuentra su fundamento en la competencia recogida en el artículo 25.7 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, tiene por objeto regular la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición de la comunidad cántabra, con el fin de fomentar, en este orden, su prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, asegurando en todo momento un alto nivel de respeto al medio ambiente y a la salud de las personas, y contribuyendo a crear un modelo sostenible de la actividad de construcción. Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y demás normativa estatal y autonómica que resulte de aplicación.
Tres aspectos son destacables del Título I, que lleva por rúbrica
Título: “Marco jurídico de las instalaciones de gestión de residuos de construcción y demolición”
Autor: Francisco J. Arenas Cabello (Doctor en Derecho y Arquitecto). Profesor de Derecho Administrativo de la UNED
Fecha de recepción: 18 de enero de 2010
Fecha de aceptación: 10 de febrero de 2010
Resumen:
En España no se han establecido aún los requisitos de calidad y tecnologías a emplear en las instalaciones para las operaciones de valorización de residuos; el control preventivo de las actividades de valorización y eliminación pretende evitar intervenciones a posteriori de difícil resolución, como la clausura de vertederos ilegales; y el vigente marco normativo de los vertederos de residuos, en general, ha generado cierta inseguridad jurídica como consecuencia del procedimiento establecido de admisión de los residuos a vertedero, su carácter provisional y sus remisiones a un Anexo inconcluso ponen de relieve las dificultades no sólo jurídicas sino técnicas que plantea el vertido de residuos
Decreto 117/2009 de 23 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 262/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de la producción, posesión y gestión de los residuos de la construcción y la demolición, y del régimen jurídico del servicio público de eliminación y valorización de escombros que no procedan de obras menores de construcción y reparación domiciliaria en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 3 de julio de 2009).
El Reglamento aprobado por el Decreto 262/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, introduce la ordenación general de las actividades de producción, posesión y gestión de residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Aragón. En concreto, introduce el régimen de autorización para la utilización de residuos inertes procedentes de actuaciones de construcción y demolición, además del régimen jurídico aplicable al traslado de residuos de construcción y demolición con origen o destino fuera de la Comunidad Autónoma.
Con la finalidad de lograr la máxima protección del medio ambiente, el Gobierno de Aragón ha aprobado un nuevo Decreto de modificación del 262/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de
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