Ordenación de los recursos naturales:
ZAMORANO WISNES, José. “La ordenación de los espacios marinos en la Unión Europea y en España”. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 39, enero-abril 2018, pp. 69-95
Ordenación del territorio:
DOLZ LAGO, Manuel Jesús. “Caso Red Natura 2000: delito contra la ordenación del territorio”. Diario La Ley, n. 9174, 2018
Paisaje:
FLORIO, Sergio. “L’autorizzaziones paesaggistica in Italia: un pilastro instabile”. Dereito: Revista xuridica da Universidade de Santiago de Compostela, vol. 25, n 1, enero-junio 2016, pp. 53-72, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.usc.es/revistas/index.php/dereito/article/view/3187 [Fecha de último acceso 27 de abril de 2018].
Parques Nacionales:
MOSCOSO SEPÚLVEDA, Sebastián; PADILLA QUINTERO, Silvia Alejandra. “Función social y ecológica de la propiedad en los Parques Nacionales Naturales de Colombia”. Revista Global Iure, n. 4, 2016, pp. 65-89, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.jdc.edu.co/revistas/index.php/giure/article/view/37 [Fecha de último acceso 18 de octubre de 2017].
Pesca:
TEIJO GARCÍA, Carlos. “La insuficiente regulación de los acuerdos pesqueros durmientes en el Reglamento (UE) 2017/2403 sobre la gestión sostenible de las flotas exteriores”. Revista de Derecho Comunitario Europeo (CEPC) n. 59, enero-abril 2018, pp. 187-218
Planeamiento urbanístico:
GÓMEZ FERNÁNDEZ, Diego. “(La) entrada al domicilio por la inspección urbanística”. Derecho Administrativo y urbanismo,
Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de abril de 2018 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (art. 9, apartado 3)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia, inmaculada.revuelta@uv.es
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Séptima), Asunto C-323/17, ECLI:EU:C:2018:244
Temas Clave: Natura 2000; hábitats naturales; zonas especiales de conservación; proyecto; evaluación ambiental; parque eólico
Resumen:
El Tribunal Supremo de Irlanda solicitó pronunciamiento al TJUE en el litigio entre la asociación ambiental People Over Windy y la empresa pública Coillte, por la ejecución de las obras de conexión a la red eléctrica de un parque eólico, fundamentado en el daño que podían causar los materiales resultantes (limo y sedimentos) en la especie de ostra perlífera en peligro de extinción Margaritifera del Nore presente en dos lugares Natura 2000 afectados.
El juez interno tenía dudas sobre la compatibilidad de la decisión de la autoridad competente considerando innecesario realizar la evaluación adecuada que exige el art. 6.3 de la Directiva de hábitats antes de ejecutar un plan o proyecto que puede afectar a Natura 2000 debido a que la
Ley 2/2018, de 15 de marzo, por la que se modifican la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha y otras normas en materia medioambiental y fiscal
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM núm. 60, de 26 de marzo de 2018
Temas Clave: Caza; Conservación; Planificación; Red Natura 2000; Aprovechamientos cinegéticos; Cotos sociales; Veneno; Pesca
Resumen:
El objeto de esta norma es modificar la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha, la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, la Ley 9/1999, de 26 de mayo de Conservación de la Naturaleza y la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial de Castilla-La Mancha.
La caza es una de las actividades más extendida en el ámbito rural de Castilla-La Mancha y su ejercicio tiene una notable incidencia en el medio rural, natural y social. A través de esta modificación, se pretende adecuar el contenido de su norma rectora, a los principios básicos de su fomento y desarrollo de forma compatible con la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 13 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Cesar Díaz Casales)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 7930/2017 – ECLI:ES:TSJGAL:2017:7930
Temas Clave: Biodiversidad; Directiva de Hábitats 92/43 CEE; Espacios naturales protegidos; Protección de especies; Red natura 2000; Responsabilidad patrimonial de la administración; Zonas de especial conservación
Resumen:
A través del Decreto 37/2014, de 27 de marzo, se declararon varios espacios como Zonas de Especial Protección (ZEC) y se aprobó el Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia.
Unos particulares, propietarios de 119.387 metros cuadrados integrados en uno de estos espacios ZEC, solicitan una indemnización económica que asciende a la cantidad de 134.736 euros, bajo el instituto de la responsabilidad patrimonial de la administración, al entender que la aprobación del citado Decreto introducía determinadas limitaciones de usos y actividades que exceden de los inherentes al derecho de propiedad.
Tal reclamación de responsabilidad patrimonial de la administración es desestimada (primero presuntamente por silencio negativo, y luego mediante una resolución expresa tras la interposición de recurso) por la administración autonómica, interponiendo los particulares recurso
“Bardenas Reales” se designa como Zona de Especial Conservación y se aprueba su plan de gestión
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto Foral 120/2017, de 27 de diciembre, por el que se designa el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Bardenas Reales” como Zona Especial de Conservación, se aprueba el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación, de la ZEPA ES0000171 “El Plano-Blanca Alta”, de la ZEPA ES0000172 “Rincón del Bu-La Nasa-Tripazul” y del enclave Natural “Pinar de Santa Águeda” (EN-4), y se actualiza el Plan Rector de Uso y Gestión de las reservas naturales “Vedado de Eguaras” (RN-31), “Rincón del Bu” (RN-36) y “Caídas de la Negra” (RN-37). (BON núm. 20, de 29 de enero de 2018)
Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; ZEPA; ZEC; Gestión
Resumen:
El espacio denominado “Bardenas Reales” ocupa una superficie de 58.442,54 ha., de las que 41.516,95 están integradas en el Parque Natural “Bardenas Reales de Navarra”, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Bardenas Reales y cuya gestión se rige por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado mediante Decreto Foral 266/1998, de
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