Sentencia de la Audiencia Nacional de 24 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: María Luz Lourdes Sanz Calvo)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ SAN 1433/2011
Temas Clave: Dominio público hidráulico; Vertido; Valoración de los daños; Infracción y Sanción
Resumen:
A través del presente recurso se impugna la Resolución de la Ministra de Medio Ambiente de fecha 10 de abril de 2008 por la que se impone a la mercantil “San Miguel Arcángel, S.A.” una sanción de multa de 101.844,38 euros más una indemnización de 15.276,81 euros por los daños causados al dominio público hidraúlico, por la comisión de una infracción grave del art. 116.3 aptdos. a) y f) del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Aguas.
La Sala analiza si la Mercantil ha realizado vertidos de aguas residuales de naturaleza industrial al cauce del arroyo La Parrilla, que presumiblemente y en base a los resultados analíticos resultan ser contaminantes y con capacidad de
Sentencia de la Audiencia Nacional de 2 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Diego Córdoba Castroverde)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ SAN 953/2011
Temas Clave: Aguas subterráneas; Dominio Público Hidraúlico; Autorización; Sanción
Resumen:
En el supuesto que nos ocupa, el Ayuntamiento de Las Rozas interpone recurso contra la Resolución dictada por la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de fecha 13 de abril de 2009, a través de la cual se le impuso una sanción de 267.911,31 euros y la obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidraúlico en la cantidad de 40.186,70 euros por una infracción del art. 116.3 b) del Texto Refundido de la Ley de Aguas relacionada con el alumbramiento de aguas subterráneas sin la correspondiente autorización o concesión.
Del conjunto de la prueba practicada se llega a la conclusión de que el Ayuntamiento es el responsable de la comisión de la infracción que se le imputa en base a los argumentos expuestos por la Sala que resumidamente son los
Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía. (BOJA núm. 22, de 2 de febrero de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
A través de esta norma se pretende dar cumplimiento a los fines que persigue la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, para avanzar en una nueva organización de los procedimientos administrativos a través del uso intensivo de las tecnologías de la información que permitan una tramitación más ágil, simplificada y racionalizada, tendente a la disminución de documentación y reducción del tiempo.
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de diciembre de 2010. (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Personal investigador en formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: CENDOJ. Nº ROJ: 6984/2010
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; Sanción por inicio de extracción sin evaluación de impacto; Aplicación legislación básica estatal
Resumen:
La Sentencia analiza el recurso de casación interpuesto por la compañía mercantil Aladueña y Peñalver S.A., contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 13 de marzo de 2003, que desestima a su vez el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de 3 de octubre de 2001, en el que se impuso una sanción a la recurrente, con obligación de indemnizar por los daños y perjuicios causados así como de restaurar la zona afectada, como consecuencia de infracción en materia de evaluación de impacto ambiental.
En concreto, los hechos por los que se sancionaron a la recurrente, consistieron en la extracción de áridos de una finca de una superficie de 477.450 metros cuadrados,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, nº 1725/2010, de 29 de julio de 2010. Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda. Sede de Valladolid. Ponente: Ramón Sastre Legido.
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat.
Fuente: Id. Cendoj: 47186330022010100547
Temas Clave: Calidad ambiental; Derecho administrativo sancionador; legitimación activa.
Resumen:
Se trata de la resolución del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 27 de octubre de 2008, dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Zamora. Una sentencia en la que se estimó que la Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de Castilla y León no era conforme a Derecho y, por tanto, dicha Resolución fue declarada nula. Una declaración de nulidad fundamentada en la falta de legitimación activa. Una Resolución que conllevaba la imposición de una sanción por el importe de tres mil euros, en concepto de multa, y la suspensión de la actividad en el plazo de seis meses, en base a la infracción cometida vulneradora de las disposiciones contenidas en la Ley castellano
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