Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda), de 15 de diciembre de 2021, relativa a la inadmisión por parte de la Comisión de una solicitud de revisión relacionada con una denuncia contra los Países Bajos por incumplimiento de la Directiva de la calidad del aire
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa. Catedrático de Derecho administrativo de la Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal General de la Unión Europea, asunto T569/20, ECLI:EU:T:2021:892
Temas clave: Aarhus. Inadmisión. Acto administrativo. Reglamento Aarhus. Acceso a la justicia.
Resumen:
La organización ecologista denuncia a los Países Bajos al entender que el control y de la apreciación de la calidad del aire alrededor de la carretera regional N 65 era contraria a la Directiva 2008/50/CE con base en que la Comisión interpretaba erróneamente la disposición según la cual las mediciones de evaluación de la calidad del aire ambiente no debían efectuarse a una distancia superior a 10 metros del borde de la acera. La Comisión inadmite la denuncia al entender que el demandante no había aportado ningún elemento nuevo pertinente que pudiera justificar la incoación de un procedimiento por incumplimiento contra el Reino de los Países Bajos. A pesar de ello, el demandante presentó una solicitud de revisión
Orden TED/1374/2021, de 1 de diciembre, por la que se crea la División para el Seguimiento de la Aplicación de la Normativa Medioambiental en la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 294, de 9 de diciembre de 2021
Palabras Clave: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Control y evaluación. Fondos europeos. Principio de no causar un daño significativo al medio ambiente.
Resumen:
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, de Recuperación, Transformación y Resiliencia, condiciona la aprobación de nuestro Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como de los desembolsos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a lo largo de su ejecución, al cumplimiento del principio de no causar un daño significativo al medio ambiente y de alcanzar unos porcentajes predeterminados de contribución en materia medioambiental y climática. El sistema para evaluar dicho cumplimiento se regula en la normativa comunitaria, que establece diversos mecanismos de seguimiento.
Y es que, esta función de supervisión de los efectos en materia medioambiental
Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de operadores profesionales de vegetales, las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 300, de 16 de diciembre de 2021
Palabras Clave: Sanidad vegetal. Registros. Operadores. Autorizaciones. Fitosanitarios. Plagas. Inspección.
Resumen:
El presente Real decreto pretende simplificar y armonizar la normativa básica respecto de la ordenación de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, productos vegetales y otros objetos, con plena adecuación a la actual normativa europea en la materia.
En concreto, establece las normas básicas de:
a) El registro de los operadores profesionales de material vegetal en el Registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG), así como la estructura y el mantenimiento del mismo conforme se recoge en el capítulo II.
b) Las condiciones para la autorización previa al registro en ROPVEG de los productores de Material Vegetal de
Montes:
BADULES IGLESIAS, Darío, et al. Bienes públicos y patrimonio cultural. Revista Española de Derecho Administrativo, n. 213, julio-septiembre 2021, pp. 319-352
GARCÍA-MORENO RODRÍGUEZ, Fernando. La certificación forestal: un instrumento de mercado disfuncional en el pasado, eficiente en el presente y de obligada proyección futura para una gestión forestal sostenible. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 48, 2021, pp. 91-145
MATA TORRES, Cynthia Inmaculada. La obtención de biomasa frente a la gestión forestal sostenible: La biomasa forestal en Andalucía. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 48, 2021, pp. 379-441
Organismos modificados genéticamente (OMG):
LIMA MARQUES, Claudia; GOMES BERGSTEIN, Laís; LINCK BASSINI, Matheus. A necessária manutenção do direito à informação dos consumidores sobre produtos transgênicos: uma crítica ao Projeto de Lei 34/2015(4148/2008). Revista de Direito Ambiental, vol. 23, n. 91, julio-septiembre 2018, pp. 87-106.
NACUR REZENDE, Élcio; SOUSA CAMPOS, Denise. Transportadora de organismos geneticamente modificados: uma análise da responsabilidade civil ambiental. Revista de Direito Ambiental, vol. 22, n. 86, abril-junio 2017, pp. 221-238.
TABARES FAGUNDEZ, Gabrielle; ALBUQUERQUE, Letícia. Dominação científica e transgenia animal: uma análise baseada na patenteabilidade do oncorato no Canadá. Revista de Direito
Orden de 27 de julio de 2021 por la que se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto del órgano competente en materia de biodiversidad, caza y pesca continental, y se habilitan en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 171, de fecha 6 de septiembre de 2021
Palabras clave: Habilitación electrónica. Biodiversidad. Caza y pesca.
Resumen:
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las ad- ministraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, suponen un nuevo escenario normativo para la consolidación de la administración digital en las administraciones públicas y, por lo tanto, también en la Administración general y el sector público autonómico de Galicia. Con ellas, se da continuidad al reconocimiento legal del derecho de la ciudadanía a relacionarse con la Administración por medios electrónicos que ya realizaba la derogada Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos
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