Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 262 de fecha 31 de diciembre de 2022
Temas Clave: Simplificación administrativa. Normativa inteligente. Participación pública. Evaluación impacto ambiental. Autorización Ambiental Integrada.
Resumen:
Con esta ley se persigue la búsqueda de soluciones ante los retos que se presentan en un escenario de cambio climático y pérdida de valores naturales. Se presenta como un cambio de paradigma en el modelo productivo y de consumo para desarrollar una economía circular a largo plazo, generando el mínimo impacto de la actividad humana.
Una de las cuestiones más destacadas de esta ley es la influencia europea en el concepto denominado como «normativa inteligente» cuyo objetivo es reforzar la implicación de la ciudadanía, simplificar la normativa administrativa tratando de suprimir aquellos trámites innecesarios. Se trata mejorar el conocimiento y la información ambiental y conseguir un aumento en las sinergias público-privada. Para ello se establecen los 120 artículos estructurados en 9 títulos.
En el Título I, establece las disposiciones generales de la ley, así como
Creación de la Oficina Central Nacional de Análisis de Información sobre Actividades Ilícitas Medioambientales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden PCM/59/2022, de 2 de febrero, por la que se crea la Oficina Central Nacional de Análisis de Información sobre Actividades Ilícitas Medioambientales. (BOE n. 30, de 4 de febrero)
Palabras Clave: Tráfico ilegal de especies. Furtivismo. SEPRONA. Coordinación interadministrativa.
Resumen:
El Plan de acción español contra el tráfico ilegal y furtivismo internacional de especies silvestres proporciona el impulso y el marco adecuados para la óptima utilización de los recursos de la Administración General del Estado en la lucha contra esta lacra.
El tráfico ilegal y el furtivismo suponen una seria amenaza para la biodiversidad, la supervivencia de algunas especies y la integridad de los ecosistemas, al tiempo que alientan conflictos, amenazan la seguridad nacional y regional en las zonas de origen de ciertas especies, e implican un riesgo para la salud pública en las zonas de destino y a nivel internacional.
Acorde con lo dispuesto en aquel Plan, se crea la Oficina Central Nacional en el seno de la estructura del SEPRONA, con
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de diciembre de 2021 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espín Templado)
Autora: Dra. Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 4683/2021- ECLI: ES: TS: 2021:4683
Temas Clave: Traslado de residuos. Territorio nacional. Intervención administrativa.
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso contencioso-administrativo ordinario número 1/224/2020, interpuesto por la Asociación Nacional de Gestores de Residuos de Automoción (AGEREA), la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje, el Gremi de Recuperació de Catalunya, y la Asociación Española de Recicladores de Papel y Cartón, contra el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, siendo parte demandada la Administración General del Estado.
Los demandantes plantean, así, la nulidad de los arts. 1.3.b) y 8.3, primer párrafo in fine, del Real Decreto citado, por contravenir tanto el derecho europeo como la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (en adelante, LR):
A juicio de los demandantes, el art. 1.3.b) del Real Decreto 553/2020 no es válido, en tanto que excluye del ámbito
Desastres naturales:
ANTUNES LAYDNER, Patricia. Desastre ambiental de mariana: a incidencia do regramento consumerista e seus impactos sobre o tratamento jurídico das vítimas privadas do acesso à agua. Revista de Direito Ambiental, vol. 25, n. 100, octubre-diciembre 2020, pp. 637-658.
ATZ, Ana Paula; PUCHALSKI TEIXEIRA, Juliano; HUPFFER, Haide Maria. Nova perspectiva da vulnerabilidade do consumidor a partir dos danos causados por desastres ambientais. Revista de Direito Ambiental, vol. 25, n. 100, octubre-diciembre 2020, pp. 611-636.
CORDEIRO DE GUSMAÕ, Leonardo; BOAS REIS, Émilien Vilas. Definição de área impactada e participação popular na retomada da atividade minerária após desastre ambiental. Revista de direito e sustentabilidade, vol. 3, n. 2, julio-diciembre 2017, pp. 52-70. Disponible en: http://dx.doi.org/10.26668/IndexLawJournals/2525-9687/2017.v3i2.2497 (Fecha de último acceso 16-12-2021).
RAGNINI SCHERER, Kátia; SENS WEISE, Luiza. A construção da resiliência jurídica aos desastres pela integração entre as políticas públicas de recursos hídricos e de protecão e defesa civil. Revista Internacional de Direito Ambiental, vol. 8, n. 23, 2019, pp. 139-166.
Economía circular:
ANTÚNEZ SÁNCHEZ, Alcides; MATOS GUERRA, Ilianys. Minería urbana: un análisis desde el ordenamiento jurídico en Cuba. Una apuesta al desarrollo sostenible desde la economía circular. Revista de Direito Ambiental, vol. 25, n. 98, abril-junio 2020, pp. 227-248.
SÁNCHEZ
Ley de Cantabria 11/2020, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOC extr. n. 101, de 30 de diciembre de 2021)
Palabras clave: Especies protegidas. Autorización ambiental integrada. Tramitación administrativa. Declaración responsable. Pesca. Montes. Puertos.
Resumen:
A través de este tipo de normas que suelen acompañar a las leyes de presupuestos de cada Comunidad Autónoma al final del año, se introducen modificaciones normativas de toda índole que afectan a diversos sectores. A continuación, nos referiremos a aquellas que hayan podido afectar a la materia jurídico-ambiental.
-Por la situación que se está produciendo en relación con la gestión de especies protegidas en el ámbito nacional y con el fin de garantizar la competencia de Cantabria en la materia, se modifica la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, incorporando un nuevo artículo 47 bis y una letra q) en el artículo 86, en relación con los planes de gestión de especies incluidas en el Listado de
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