Ley catalana 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades (DOGC núm. 5524, de 11 de diciembre de 2009)
Autora de la Nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
La Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades introduce un nuevo sistema de intervención administrativa sobre las actividades con incidencia ambiental, que sustituye el hasta ahora establecido por la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental. Constituye, pues, una Ley de extraordinaria importancia en esta materia, a través de la cual va a vehicularse la prevención y control ambiental de las actividades emplazadas en Cataluña.
La aprobación de esta Ley responde a diferentes objetivos. En primer lugar, se justifica por la necesidad de adecuar la Ley 3/1998 a la legislación básica estatal (Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora de los derechos de acceso a la información de participación pública y acceso a
Título: “Novedades del Derecho Ambiental y su incidencia en Galicia”
Autor: Rubén Rodríguez Escobar. Abogado especialista en Derecho Ambiental
Fecha de recepción: 4 de diciembre de 2009
Fecha de aceptación: 10 de diciembre de 2009
Resumen:
Partiendo del análisis de la normativa estatal y autonómica vigente, este artículo se aproxima a la cuestión relativa a la situación actual del Derecho ambiental en Galicia haciendo hincapié en sus debilidades y fortalezas. En este sentido, el autor llama la atención sobre los problemas que derivan de la ingente proliferación de instrumentos y la dispersión que actualmente dominan el panorama normativo ambiental a nivel autonómico y en especial, sobre el alto riesgo de incumplimiento de la normativa ambiental que provoca esta situación. En atención al problema señalado, culmina esta exposición una propuesta de lege ferenda, útil a su juicio como fórmula para abordarlo.
Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre registro de emisiones y transferencias de contaminantes (BOE nº 285, 26 de noviembre de 2009)
El BOE de 26 de noviembre 2009 publica el instrumento depositado por el gobierno español el pasado 24 de septiembre de 2009 en la sede de la Secretaria General de la ONU por el que el Gobierno de España ratifica el Protocolo Internacional sobre registros de emisiones y transferencias contaminantes, adoptado en Kiev el 21 de mayo de 2003.
Con la adhesión al Protocolo, que ha entrado en vigor el pasado 8 de octubre de 2009, los Estados firmantes se obligan a crear Registros de emisiones y transferencia de contaminantes de ámbito estatal, un mecanismos que responde a los fines de las políticas de acceso público a la información y participación en el proceso de toma de decisiones en asuntos medioambientales y prevención y reducción de la contaminación.
De acuerdo con el Protocolo, estos registros deberán incluir información relativa a las emisiones de contaminantes, transferencias fuera del emplazamiento y emisiones de contaminantes procedentes de fuentes difusas producidas por las actividades recogidas en sus Anexos I y II y en los términos
Fuente: Nota de Prensa de la Misión Permanente de España ante la O.N.U. Fecha: 24/11/2009.
El pasado 24 de septiembre, el Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, D. Miguel Ángel Moratinos, depositó en la sede de las Naciones Unidas, el instrumento de adhesión de España a la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, celebrada en Nueva York el 21 de mayo de 1997.
La Convención se centra en la gestión de los recursos hídricos compartidos y establece dos principios fundamentales para guiar la conducta de las naciones en relación con los cursos de agua compartidos: la utilización equitativa y razonable y la obligación de
Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada (BORM nº 116, de 22 de mayo de 2009).
Artículo Relacionado. Vid. PERNAS, J. “La Lucha contra la contaminación y la tendencia hacia la codificación del Derecho ambiental Comunitario”. AJA. Boletín de Información sobre Derecho Ambiental de la Empresa y Lucha contra la Contaminación.[Internet]. A Coruña, 10 de marzo de 2009. Fecha de Consulta: 13 de junio de 2009. Disponible en la sección “Artículos” .
La Comunidad Autónoma de Murcia ha aprobado el nuevo régimen jurídico al que deberán someterse los planes, programas, proyectos y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente que se desarrollen en el ámbito territorial de ésta Comunidad Autónoma.
El nuevo régimen aprobado por la Ley 4/2009 nace para dotar de coherencia al marco normativo y procedimental a través del que se ha venido articulando el control administrativo de la incidencia ambiental de actividadades públicas y privadas, un objetivo cuya consecución se pretende lograr fundamentalmente a través de la adopción de un enfoque integrado, mejorando la coordinación entre las distintas administraciones públicas e integrando y simplificando los procedimientos de prevención, control y calidad ambiental.
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