Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 128, de 6 de julio de 2017
Temas Clave: Procedimiento administrativo común, Infracciones y sanciones; Caza; Viñas; Montes; Contaminación lumínica; Ahorro y Eficiencia Energéticos; Pesca; Patrimonio natural; Prevención Ambiental; Urbanismo
Resumen:
Simplemente nos detendremos en las modificaciones que a través de esta norma se efectúan de una serie de leyes que pueden afectar directa o indirectamente a la materia jurídico ambiental.
El capítulo III recoge algunas de estas modificaciones con el objetivo de adaptarlas a la legislación básica en materia de procedimiento administrativo común y de régimen jurídico del sector público.
Las principales modificaciones consisten en acomodar la legislación autonómica a la legislación estatal básica en los aspectos relativos al procedimiento sancionador, a los sujetos responsables y a la tipificación, graduación y prescripción de las infracciones administrativas y sanciones administrativas.
A ello responden las modificaciones de las Leyes siguientes:
-Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León (arts. 53, 55, 56 y 58).
-Ley 4/1996, de 12 de julio,
Planeamiento urbanístico:
GÓMEZ FERNÁNDEZ, Diego. “El Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia y la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común”. Derecho Administrativo y urbanismo, 7 abril 2017, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.derechoadministrativoyurbanismo.es/single-post/2017/04/06/El-Registro-de-Planeamiento-Urban%25C3%25ADstico-de-Galicia-y-la-Ley-392015-de-Procedimiento-Administrativo-Com%25C3%25BAn [Fecha de último acceso 6 de junio de 2016].
GÓMEZ FERNÁNDEZ, Diego. “La anulación de un Plan urbanístico, ¿deja a la ciudad sin ordenación?”. Derecho Administrativo y urbanismo, 1 febrero 2017, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.derechoadministrativoyurbanismo.es/single-post/2017/02/01/La-anulaci%C3%B3n-de-un-Plan-urban%C3%ADstico-%C2%BFdeja-a-la-ciudad-sin-ordenaci%C3%B3n [Fecha de último acceso 6 de junio de 2016].
GÓMEZ FERNÁNDEZ, Diego. “La notificación a los propietarios en la aprobación de los Planes de Urbanismo”. Derecho Administrativo y urbanismo, 13 marzo 2017, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.derechoadministrativoyurbanismo.es/single-post/2017/03/08/Lanotificaci%C3%B3nalospropietariosenlaaprobaci%C3%B3ndelosplanesdeurbanismo [Fecha de último acceso 6 de junio de 2016].
TOLOSA TRIBIÑO, C. “El control judicial de las alteraciones de los planes urbanísticos: alcance y consecuencias”. El Derecho, 10 mayo 2017, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.elderecho.com/tribuna/administrativo/Control-judicial-alteraciones-planes-urbanisticos_11_1087555001.html [Fecha de último acceso 26 de mayo de 2016].
Política ambiental:
DeCARO, Daniel A. et al. “Legal and institutional foundations of adaptive environmental governance”. Ecology and society, vol. 22, n. 1, marzo 2017, pp. 1-20, [en línea]. Disponible en Internet: https://www.ecologyandsociety.org/vol22/iss1/art32/ [Fecha de último acceso 23 de mayo de 2016].
PACKARD, Lauren. “Michigan: An Intrusive
Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOLR núm. 54, de 12 de mayo de 2017
Temas clave: Prevención ambiental; Intervención administrativa; Evaluación ambiental de planes, programas y proyectos; Órgano ambiental; Autorización ambiental integrada; Licencia ambiental de actividades clasificadas; Licencia de inicio de actividad; Sanciones
Resumen:
Esta Ley 6/2017 tiene por objeto el establecimiento del marco normativo para la protección, gestión, conservación, restauración y prevención del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de La Rioja -artículo 1-, regulando los instrumentos de intervención previa a la puesta en marcha de proyectos, instalaciones u obras, a través de la evaluación ambiental estratégica y de impacto ambiental, la autorización ambiental integrada y la licencia ambiental.
De esta manera, la Ley objeto de análisis sustituye a la previa Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente de La Rioja, a fin de adecuarse a la nueva normativa estatal básica, fundamentalmente la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por
Andalucía aprueba el Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo para el cuatrienio 2017-2020
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 79, de 27 de abril de 2017
Temas Clave: Ordenación del territorio y urbanismo; Inspección; Prevención; Suelos protegidos
Resumen:
Este Plan se pone al servicio de las políticas sustantivas en materia de ordenación territorial y urbanística, que se han materializado en las Leyes y Reglamentos, incluyendo Planes de Ordenación territorial, que se han aprobado por la Comunidad Autónoma en los últimos años, tanto para la protección, como para el mejor desarrollo de sus ciudades y territorios. Esta estrategia selectiva, de dirigir la atención de la inspección a los espacios citados, constituye el único mecanismo capaz de alcanzar el imprescindible efecto de prevención general que la función inspectora tiene por objeto.
En él van a primar las actuaciones preventivas. Se trata de evitar que se consoliden actuaciones ilegales, como son las obras en construcción o las parcelaciones incipientes, y para lograr la reconducción o regularización ordenada de las actuaciones, seleccionando los objetivos en la fase inicial, de tentativa de construcción
Presupuestos mínimos de protección ambiental para control de actividades de quema
Autora: Noemí Pino Miklavec. Dra. en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/2009, número: 31802, p. 7. Puede verse el texto íntegro de la norma publicada con actualizaciones en http://www.infoleg.gob.ar/
Temas Clave: Protección ambiental frente a actividades de quema; Control de quemas; Uso del fuego; Manejo del fuego; Eliminación de la vegetación o residuos de vegetación mediante el uso del fuego; Incendios prescriptos con fines productivos; Competencias
Resumen:
Ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para control de actividades de quema en todo el territorio Nacional.
Comentario:
A partir del 16/12/09 se prohibieron en todo el país las quemas que no sean previamente autorizadas por las autoridades de cada provincia, mediante la Ley 26.562, comúnmente conocida como “Ley de control de quemas”, cuyo objeto declarado en su artículo 1°, es establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental relativos a las actividades de quema en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir incendios, daños ambientales y riesgos para la salud y la seguridad públicas.
En efecto, con la sanción
Page 9 of 17First«...7891011...»Last
|