Se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 30 de enero de 2013, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de enero de 2013, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico. (BOE núm. 36, de 11 de febrero)
Temas Clave: Prevención; Riesgo de actividad volcánica
Resumen:
España tiene un área de actividad volcánica importante localizada en la Comunidad Autónoma de Canarias. Otras áreas volcánicas de la Península Ibérica están localizadas en
Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 120, de 24 de junio)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La presente ley, recoge los ámbitos más importantes de la legislación existente en el marco de la prevención y la calidad ambiental, para integrarlos como norma única en el ámbito autonómico, completando, clarificando y actualizando el marco normativo vigente en esta materia, a la vez que configurando nuevos instrumentos de protección ambiental. De esta manera, la ley, establece un marco normativo adecuado para el desarrollo de la política medioambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que posibilita su integración en el resto de las políticas autonómicas, y permite obtener un alto nivel de protección en el medio ambiente, persiguiendo en último término, dar respuesta a las tres dimensiones que componen el concepto de desarrollo sostenible: la dimensión ambiental, la social y la económica.
Estructurada en ocho títulos, entre los que se regulan de manera omnicomprensiva muy diversas
Ley 1/2009 de 26 de febrero, de modificación de la Ley 11/2003 de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León (BOCYL de 2 de marzo de 2009)
La Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, que regula los instrumentos de prevención y control integrado de la contaminación de las actividades que se llevan a cabo en el territorio de esta Comunidad Autónoma, ha sido sometida a ciertas modificaciones que afectan a la distribución de competencias para tramitar y resolver los expedientes de autorización ambiental.
Derogación del RAMINP en Galicia por el Decreto 133/2008, de 12 de Junio, por el que se regula la evaluación de incidencia ambiental (DOGA nº 126, de 1 de Julio de 2.008)
El martes, 1 de Julio, se ha publicado en el DOGA, el Decreto 133/2008, de 12 de Junio, por el que se regula la evaluación de incidencia ambiental en Galicia.
El presente Decreto se enmarca dentro del Artículo 45 de la Constitución Española, en la medida en que reconoce el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y el deber de conservarlo, así como la obligación de los poderes públicos de velar por la utilización racional de los recursos naturales para promover y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
Con este Decreto, se deroga en Galicia el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), después de estar en vigor más de 40 años, y se procede a desarrollar lo dispuesto en la Ley 1/1995, de Protección Ambiental de Galicia.
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