Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 28 de julio de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: José Ramón Giménez Cabezón)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 9048/2021 – ECLI:ES: TSJM: 2021:9048
Palabras clave: Aguas. Derivación. Confederación Hidrográfica. Ayuntamiento. Piscina natural. Plan Hidrológico de Cuenca.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por el Ayuntamiento de Ladrillar contra la Resolución de 25-09-20 de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT), que a su vez desestimó el recurso de reposición formulado contra la Resolución de 25-03-20, que denegó al Ayuntamiento su solicitud de derivación temporal de aguas del río Batuecas con destino al llenado de la piscina natural “Las Mestas” en el río Ladrillar, en orden a suplir la falta de caudal durante el periodo estival, garantizando así la renovación de agua de la piscina natural.
El Ayuntamiento justifica la captación de aguas superficiales del río Batuecas, por un total máximo anual de 12.600 metros cúbicos, a través del pertinente informe técnico. Entiende que