Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 16, de 19 de enero de 2016
Temas Clave: Planificación hidrológica
Resumen:
La planificación hidrológica viene siendo reconocida como un instrumento esencial para la consecución de los objetivos medioambientales señalados para las masas de agua europeas. Sus objetivos se proyectan a largo plazo, lo que se traduce en sucesivas revisiones sexenales de los planes hidrológicos (en adelante, PH). Superado el primer ciclo, que comprendió el periodo 2009-2015, ciertamente cargado de litigiosidad; se lleva a cabo la aprobación de los PH del segundo ciclo, para el periodo 2015-2021. El procedimiento no es otro que el establecido en el art. 41 del Texto Refundido de la ley de aguas. En particular, este Real decreto consta de 3 artículos, 5 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 3
Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Maria del Pilar Teso Gamella)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 5035/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5035
Temas Clave: Plan Hidrológico; caudales ecológicos; evaluación ambiental estratégica; Conservación de Hábitats naturales de flora y fauna silvestres; conservación de aves silvestres; Ley de aguas; reglamento de aguas
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el abogado de la Generalitat de Catalunya, contra el Real Decreto 129/2014, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Ebro. Publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 1 de marzo de 2011.
La pretensión principal de nulidad se refiere a la totalidad del Real Decreto que aprueba el plan hidrológico impugnado, si bien, subsidiariamente, se solicita la declaración de nulidad de varios preceptos. Dicha pretensión se fundamenta en la vulneración de la Directiva 2001/42/ CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
Espacios naturales protegidos:
REVUELTA PÉREZ, Inmaculada. “La controvertida desclasificación de los espacios protegidos Natura 2000”. Revista de Administración Pública, n. 198, septiembre-diciembre, 2015, pp. 219-255
Especies amenazadas:
WALLACE, Pip. “The Reduced Effect of International Conservation Agreements: A New Zealand Case Study”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 3, noviembre 2015, pp. 489-516
Evaluaciones ambientales:
VICENTE DAVILA, Fernando. “15 años del Convenio de Albufeira: su contribución a los procesos de planificación y evaluación ambiental en las cuencas ibéricas: el caso del Miño”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 31, mayo-agosto, 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (II), pp. 475-493
Evaluación ambiental estratégica:
RUIZ DE APODACA ESPINOSA, Ángel Mª. “La planificación en materia de residuos y su sometimiento al nuevo procedimiento de evaluación ambiental estratégica”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 31, mayo-agosto, 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (II), pp. 221-264
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
VERSCHUUREN, Jonathan. “Hydraulic Fracturing and Environmental Concerns: The Role of Local Government”. Journal of Environmental Law, vol. 27, n. 3, noviembre 2015, pp. 431-457
Fractura hidráulica:
FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ, Dionisio. “Aspectos ambientales de la exploración y explotación de gas no convencional mediante la técnica de fractura
Aguas:
ATIENZA, Felisa. “Derecho fiscal del agua”. EN: Consejo General del Poder Judicial. Fundación AGBAR. “Planificación y ordenamiento jurídico de los recursos hídricos”. Barcelona: Consejo General del Poder Judicial: Fundación AGBAR, 2015, pp. 263-296
GIMENO PRESA, María Concepción. “Agua, urbanismo y responsabilidad patrimonial de la Administración”. EN: Consejo General del Poder Judicial. Fundación AGBAR. “Planificación y ordenamiento jurídico de los recursos hídricos”. Barcelona: Consejo General del Poder Judicial: Fundación AGBAR, 2015, pp. 103-162
RODRÍGUEZ, Inmaculada. “Peculiaridades de la desalación y recursos hídricos no convencionales”. EN: Consejo General del Poder Judicial. Fundación AGBAR. “Planificación y ordenamiento jurídico de los recursos hídricos”. Barcelona: Consejo General del Poder Judicial: Fundación AGBAR, 2015, pp. 199-240
“Tema 25: El derecho al agua”. EN: Albert Noguera Fernández (Dir.), Adoración Guamán Hernández (Dir.). “Lecciones sobre Estado social y derechos sociales”. Valencia: Tirant lo Blanch, 2014, pp. 617-636
Competencias:
MUÑOZ MACHADO, Santiago. “Competencias y servicios económicos de interés general”. EN: Consejo General del Poder Judicial. Fundación AGBAR. “Planificación y ordenamiento jurídico de los recursos hídricos”. Barcelona: Consejo General del Poder Judicial: Fundación AGBAR, 2015, pp. 241-262
Contratación pública verde:
GIMENO FELIÚ, José María. “El nuevo paquete legislativo comunitario de contratación pública: principales novedades”. EN: Consejo General
Aprobación inicial de diversos Planes Hidrológicos en Andalucía y sus correspondientes planes de gestión de inundación 2016-2021
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA Núm. 213, de 3 de noviembre de 2015
Temas Clave: Planificación hidrológica; Riesgo de inundación
Resumen:
El logro de los objetivos perseguidos por la planificación hidrológica se proyecta como una labor continuada a lo largo del tiempo, lo que permite distinguir diferentes fases o ciclos dentro del proceso planificador.
El primer ciclo comprendió el periodo 2009-2015, al que se corresponden el Plan de la Demarcación Hidrográfica Tinto, Odiel y Piedras; el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica Guadalete y Barbate y el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica Cuencas Mediterráneas Andaluzas, aprobados en 2011 por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Superada esta fase, procede la aprobación de los planes del segundo ciclo para el periodo 2015-2021 conforme al procedimiento establecido en el artículo 41 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Su contenido se estructura conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Planificación Hidrológica del siguiente modo: Memoria y Anejos, Normativa y Anejos y
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