Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 15 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Isabel Hernández Pascual)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA) y en la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)
Fuente: ROJ:STSJ CAT 12517/2017- ECLI:ES:TSJCAT:2017:12517
Temas Clave: Planificación; Espacios naturales protegidos; Paisaje; Plan de espacios naturales; Plan director territorial; Evaluación Ambiental; Planeamiento urbanístico; Ordenación de recursos naturales
Resumen:
A fecha de 23 de noviembre de 2010 se aprobó mediante acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña (GOV/254/2010) el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje “Aiguamolls de l’Alt Empordà”, en los términos municipales de Armentera, Castelló d’Empúries, la Escala, Palau-saverdera, Pau, Pedret i Marzà, Perlada, Roses, Sant Pere Pescador y Torroella de Fluvià. Fue publicado el día 21 de diciembre de 2017 en el DOGC núm. 5779.
Contra este acuerdo se interpuso recurso contencioso-administrativo solicitando la nulidad de pleno derecho del mismo en los términos que a continuación se expondrán, por parte de las demandantes “Camping Les Dunes S.A.” y “Associació de Càmpings de Sant Pere Pescador”.
En primer lugar, alegan supresión del trámite de evaluación