Reglamento (UE) Núm.1343/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011 sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo. (DOUE L 347/44, de 30 de diciembre de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Pesca; Explotación sostenible de los recursos pesqueros; Mar Mediterráneo
Resumen:
Este Reglamento establece las normas para la aplicación por parte de la Unión de las medidas de conservación, gestión, explotación, control, comercialización y ejecución para los productos de la pesca y la acuicultura, establecidas por la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM). Disposiciones que serán de aplicación a todas las actividades comerciales relacionadas con la pesca y la acuicultura llevadas a cabo por buques de pesca de la UE y ciudadanos de los Estados miembros en la zona del Acuerdo CGPM. No obstante, no se aplicarán a las operaciones de pesca realizadas
MONOGRAFÍAS:
Agricultura:
BRUFAO CURIEL, Pedro. “La intervención pública en los aspectos ambientales de la agricultura: subsidios y dominio público”. Madrid: Universidad Carlos III de Madrid , 2002. 530 p.
DINAR, Ariel. “Handbook On Climate Change And Agriculture”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2011. 544 p.
HILL, Berkeley. “Understanding the Common Agricultural Policy”. London: Earthscan, 2012. 335 p.
ROSIN, Christopher. “Food systems failure : the global food crisis and the future of agriculture”. London: Earthscan, 2012. 236 p.
El Consejo llega a un acuerdo político sobre las cuotas pesqueras para los buques de la UE para el año 2012
Autora: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: Consejo de la UE y La Moncloa
Temas clave: Pesca; Aguas internacionales; Gestión ambiental; Protección de especies
Las aguas pertenecientes a la Unión Europea, además de las aguas del Atlántico, el Canal de La Mancha y el Mar del Norte, han quedado reguladas el pasado diciembre por el Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea. El propósito es mantener la sostenibilidad ecológica, económica y social, tal y como dictan los criterios de la Política Pesquera Común (PPC).
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 11 de julio de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: María Luisa Martín Morales)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT.
Fuente: ROJ STSJ AND 9250/2011
Temas Clave: Pesca; Actividades marítimas; Conflicto competencial
Resumen:
La presente Sentencia examina el recurso interpuesto contra la Orden de 13-6-02, dictada por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se regula el ejercicio de la actividad pesquera con arte de almadraba en las aguas interiores y se establecen las condiciones socioeconómicas para acceder a la explotación de las almadrabas instaladas en las costas de Andalucía.
En concreto, se solicita la nulidad del citado acto administrativo, al considerarse que la Orden se inmiscuye en una materia de competencia exclusiva estatal, regulando los aspectos socioeconómicos de la explotación de pesca con arte de almadraba, y fijando los criterios de rentabilidad social y económica que deben ser atendidos por el Estado para la concesión de la licencia de pesca respecto a las almadrabas situadas en aguas exteriores, de manera que
Especies amenazadas:
EuGH. “Urteil vom 9. Juni 2011 – Rs. C-383/09. Fehlendes Maßnahmenprogramm für einen strengen Schutz des Feldhamsters”. ZUR – Zeitschrift für Umweltrecht, n. 12, 2011
VG Trier. “Auswilderung eines Habichts”. Natur und recht, vol. 33, n. 11, 2011, pp. 822-823
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
FISCHER-HÜFTLE, Peter. “35 Jahre Eingriffsregelung: eine Bilanz”. Natur und recht, vol. 33, n. 11, 2011, pp. 753-758
MURTULA, Enrico. “Consiglio di Stato, Sez. VI, 23 maggio 2011, n. 3107. Valutazione di impatto ambientale. Il Consiglio di Stato dichiara illegittimo il parere favorevole di compatibilità ambientale sulla riconversione a carbone della centrale di Porto Tolle”. Rivista giuridica dell’ ambiente, n. 5, 2011, pp. 646-652
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