Murcia regula la pesca marítima profesional en el ámbito de la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso. (Orden de 15 de junio de 2021).
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM número 144, de fecha 25 de junio de 2021
Palabras clave: Reserva Marina. Pesca profesional. Biodiversidad marina.
Resumen:
Por Decreto n.º 81/2016, de 27 de julio, (BORM n.º 176 de 30 de julio) fue declarada la Reserva Marina de Interés Pesquero de Cabo Tiñoso, contribuyendo así a la conservación y regeneración de los recursos pesqueros y en general a la protección de los ecosistemas marinos.
Entre los usos regulados en esta reserva marina se encuentra el ejercicio de la pesca profesional. El artículo 3 del decreto se refiere al mismo prohibiéndolo dentro del ámbito de la Célula B o área de reserva integral. En el resto de la reserva sólo se podrá practicar la pesca marítima profesional en la modalidad de artes menores, con artes de pesca expresamente autorizados, y a barcos que formen parte del
Sentencia del Segundo Tribunal Ambiental dictada en causa “Oceana INC. / Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (Res. Exenta N°11 de fecha 12 de febrero de 2020)”, Rol N°237-2020, de 13 de mayo de 2021: Deja sin efecto aumento de cuota de sobrepesca de merluza austral
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Titular, Subdirectora del Centro de Derecho Ambiental, Universidad de Chile[1]
Autor: José Illanes Vergara, Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Universidad de Chile
Fuente: Sentencia Segundo Tribunal Ambiental, Rol N°237-2020
Palabras clave: Principio Precautorio. Instrumentos de Gestión Ambiental. Cuotas de sobrepesca.
Resumen:
En Chile, la ONG Oceana Inc. interpone una reclamación judicial en el Segundo Tribunal Ambiental, en virtud del artículo 17 N°8 de la Ley 20.600, que crea los Tribunales Ambientales. La reclamación se interpone en contra de la Resolución Exenta N°11, de 12 de febrero de 2020, dictada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Ministerio de Economía”), en que este organismo público rechazó la solicitud de invalidación del Decreto Exento N°546 (“D.E. N°546/2018”), de 28 de diciembre de 2018, que a su vez, modificó el Decreto Exento N°459 (“D.E. N°459/2018”), de
Decreto-Ley n.º 4/2021, de 17 de junio, de simplificación administrativa en materia de Medio Ambiente, Medio Natural, Investigación e Innovación Agrícola y Medioambiental
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BORM número 141, de fecha 22 de junio de 2021
Palabras clave: Simplificación administrativa. Medio Ambiente. Regresión.
Resumen:
El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020 acordó la adopción de un paquete de medidas de gran alcance, con el objetivo de impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación de la Unión Europea tras la crisis económica y social derivada de la pandemia internacional de la COVID-19. Estas medidas suponen un marco financiero plurianual para 2021-2027, el Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation”), destinado a acelerar la recuperación del nivel de empleo y actividad económica y acelerar la transición ecológica y digital. En ese marco el Estado Español aprobó el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
Edificación:
BERMÚDEZ FERNÁNDEZ, Alfredo Lorenzo. Las edificaciones tradicionales en el artículo 40 de la Ley del Suelo de Galicia 2/2016, de 10 de febrero. Reflexiones sobre su interpretación. Revista de Derecho, Agua y Sostenibilidad, n. 2, 2018. Disponible en: http://redas.webs.uvigo.es/images/redas2/estudios/REDAS2_est_01.pdf (Fecha de último acceso 14-07-2021).
Energía:
DÍAZ LÓPEZ, Rosa María; RIVERA DE LA ROSA, Verónica. La reforma energética en México y su impacto en la ocupación superficial para el aprovechamiento de los recursos energéticos. Misión jurídica, vol. 14, n. 20, enero-junio 2021, pp. 198-213. Disponible en: https://doi.org/10.25058/1794600X.1917 (Fecha de último acceso 15-07-2021).
ESCRIBANO, Gonzalo. Conjeturas energéticas para 2020: geopolíticas del petróleo, el gas y el Pacto Verde Europeo. Real Instituto Elcano: estudios internacionales y estratégicos: tema cambio climático, 27 enero 2020, pp. 1-9. Disponible en: http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano_es/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/zonas_es/cambio-climatico/ari7-2020-escribano-conjeturas-energeticas-para-2020-geopoliticas-petroleo-gas-y-pacto-verde-europeo (Fecha de último acceso 28-06-2021).
ESCRIBANO, Gonzalo; LÁZARO TOUZA, Lara. Energía, clima y coronavirus. Real Instituto Elcano: estudios internacionales y estratégicos: tema cambio climático, 27 marzo 2020, pp. 1-15. Disponible en: http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano_es/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/zonas_es/ari31-2020-escribano-lazarotouza-energia-clima-y-coronavirus (Fecha de último acceso 28-06-2021).
VEDOVATO, Luís Renato; MARINI RAVAGNANI, Rachel. New approaches to Energy and Environmental Law. Revista de Direito Ambiental, vol. 23, n. 89, enero-marzo
El País Vasco aprueba el Decreto sobre pesca-turismo, demostraciones de pesca y turismo pesquero o marinero en aguas marítimas y continentales. (DECRETO 143/2021, de 25 de mayo)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV número 107, fecha 2 de junio de 2021
Palabras clave: Pesca. Turismo. Aguas marítimas. Aguas continentales.
Resumen:
El Plan Estratégico de Pesca y Acuicultura Euskadi 2020 persigue un sector pesquero competitivo, con prácticas sostenibles e innovadoras en toda la cadena de valor de los alimentos marinos, e integrador del tejido socioeconómico de las zonas pesqueras y acuícolas.
Una de las prioridades del Plan es aumentar el empleo y la cohesión territorial, para lo que se pretende la diversificación de las actividades realizadas en el marco de la pesca y respecto de otros sectores de la economía marítima.
El turismo marinero puede ayudar a diversificar la economía en las zonas pesqueras, mediante actividades complementarias que generen nuevos ingresos, promocionen los productos de la pesca y promuevan la recuperación de la cultura, tradiciones y
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