Sentencia de la Corte Suprema, de 29 de diciembre de 2017
Autora: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental[1]
Fuente: Corte Suprema Rol N°100.805-2016, Sentencia de 29 de diciembre de 2017
Temas clave: Participación ciudadana, consulta indígena, incompetencia, ultra petita
Resumen:
El 29 de diciembre de 2017 la Corte Suprema dicta fallo en el que desestima los recursos de casación en la forma y el fondo, presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la Empresa Mediterráneo S.A. y otros, en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia el 17 de noviembre de 2016 que acoge reclamación de José Cayún Quiroz y anula la Resolución de Calificación Ambiental (N°128 de 6 de marzo de 2014, dictada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos) del proyecto “Central de pasada Mediterráneo”, de 210 MW de capacidad instalada, y el acuerdo del Comité de Ministros (Resolución Exenta N°105 de 29 de enero de 2016, dictada por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que ejecutó el acuerdo N°16/2015 del Comité de Ministros, adoptado en la sesión ordinaria de fecha 2 de noviembre
Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili y Subdirectora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 4151/2017 – ECLI: ES:TS:2017:4151
Temas Clave: Espacios Naturales Protegidos; Planes de Ordenación de los Recursos Naturales; Planes Rectores de Uso y Gestión; Ayuntamientos; Participación Pública
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la Sentencia de 23 de mayo de 2016, dictada por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, desestimatoria del recurso nº 532/2009 interpuesto por el citado Ayuntamiento contra el Decreto 37/2008, de 5 de febrero, dictado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar y el Plan Rector de Uso y Gestión del mismo.
El Ayuntamiento de Carboneras fundamenta su recuso en diversos motivos, al amparo de lo establecido en el artículo 88.1.d) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
Sentencia 116/2017 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 19 de octubre de 2017 (Ponente: Fernando Valdés Dal-Ré)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE Núm. 278, de 16 de noviembre de 2017
Temas Clave: Aguas; Aragón; Reserva hídrica; Cuencas inter o intracomunitarias; Gestión; Estatuto de Aragón; Participación; Cooperación; Registro; Concesiones; Policía, inspección y vigilancia; Informes determinantes; Instituto Aragonés del Agua; Embalses y balsas; Reservas naturales fluviales; Vertidos
Resumen:
El recurso promovido por el Presidente del Gobierno contra la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de aguas y ríos de Aragón, se estructura en dos grupos de preceptos. En un primer bloque se impugnan los artículos 1.2 b), c) y d); 4 aa); 5 a) y p); 7.1; 12.2 b) y 4; 15.1 b), c) y n); 19.2 a) 1, y c) 2; 50; 69 a), d) y f) 1; 70 a) y c) y la disposición transitoria primera, por considerar que reconocen la competencia de la Comunidad Autónoma de Aragón para la gestión de la denominada reserva hídrica de 6.550 hm3, fragmentando con ello la unidad de las cuencas que, en razón de
Incendios forestales:
SANZ LARRUGA, Francisco Javier. “Ante los incendios, prevención, prevención y más prevención”. Ambiental y cual, 19 octubre 2017, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogs.lavozdegalicia.es/javiersanz/2017/10/19/ante-los-incendios-prevencion-prevencion-y-mas-prevencion/ [Fecha de último acceso 23 de octubre de 2017].
MARRACO ESPINÓS, José Manuel. “Reflexiones sobre los incendios forestales”. Derecho Ambiental: El blog de José Manuel Marraco, 20 octubre, 2017, pp. 1-2, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.abogacia.es/2017/10/20/reflexiones-sobre-los-incendios-forestales/ [Fecha de último acceso 23 de octubre de 2017].
Medio marino:
GÓMEZ-ROBLEDO VERDUZCO, Alonso. “Apuntes sobre delimitación en derecho internacional del mar”. Anuario Mexicano de Derecho Internacional, n. 16, enero- diciembre 2016, pp. 255-300, [en línea]. Disponible en Internet: http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487872e.2016.16.527 [Fecha de último acceso 18 de octubre de 2017].
Montes:
CÓRDOBA MORENO, Rossy Angélica et al. “Análisis jurídico sobre el otorgamiento de permisos de aprovechamiento forestal en resguardos indígenas en el departamento del Chocó”. Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, vol. 47, n. 126, enero-junio 2017, pp. 17-37, [en línea]. Disponible en Internet: http://dx.doi.org/10.18566/rfdcp.v47n126.a02 [Fecha de último acceso 18 de octubre de 2017].
Ordenación del territorio:
SIMOU, Sofía. “Ordenación del territorio y urbanismo”. Anuario de Derecho Municipal, n. 10, año 2016
Paisaje:
BARRANCO PÉREZ, María Teresa. “El paisaje como elemento vertebrador de un
Sentencia 2907-15-INA del Tribunal Constitucional de Chile, de 27 de diciembre de 2016
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental [1] ; Pedro Pablo Silva Sánchez, estudiante de doctorado, Facultad de Derecho de la Universidad de Bremen, Research Centre for European Environmental Law
Fuentes: STC Rol N° 2907-15-INA, Sentencia de 27 de Diciembre de 2016
Temas clave: acceso a la información pública
Resumen:
La empresa Salmones Multiexport S.A. solicitó al Tribunal Constitucional Chileno un pronunciamiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 5°, inciso segundo, y 10°, inciso segundo, de la Ley No. 20.285 sobre Acceso a la Información Pública (Ley de Transparencia), y del artículo 31° bis de la Ley No. 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. En dicho requerimiento se alegó que el alcance del derecho de acceso a la información establecido en los aludidos preceptos traspasa, y en consecuencia contradice, lo dispuesto en el artículo 8°, inciso segundo, de la Constitución Política de la República de Chile.
En concreto, los preceptos contenidos en la Ley No. 20.285 disponen que es pública “la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que obre en
|