Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 2 de junio de 2022 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2010/75/UE, de emisiones industriales (art. 3.9): la simple prolongación del período temporal de explotación de un vertedero autorizado no constituye una “modificación sustancial” de la instalación que requiera un nuevo permiso
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación LEGAMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Cuarta, asunto C‑43/21, ECLI:EU:C:2022:425
Palabras clave: Emisiones industriales. Prevención y control integrados de la contaminación. Vertedero. Modificación sustancial de la instalación. Permiso. Participación del público.
Resumen:
El Tribunal Supremo de lo contencioso-administrativo de la República Checa solicitó al Tribunal de Justicia pronunciamiento sobre el concepto de “modificación sustancial” del art. 3.9 de la Directiva 2010/75, en el marco del litigio entre una asociación ambiental y el Ayuntamiento de Praga relacionado con la ampliación del plazo temporal de explotación de un vertedero autorizado. La asociación recurrió la decisión que permitía extender el plazo de funcionamiento de la instalación, pero el Ministerio de Medio ambiente inadmitió su recurso basándose en que no había participado en el procedimiento decisorio. No obstante, un órgano judicial estimó el