Decreto 40/2021, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPA núm. 149, de 3 de agosto de 2021
Palabras clave: Cambio climático. Registros. Inscripción. Huella de carbono. Sumideros de carbono. Administraciones públicas. Contratación pública.
Resumen:
A través de este decreto, el Principado de Asturias, regula la organización y funcionamiento de un registro autonómico que fomente y visibilice las iniciativas de medición y reducción de la huella de carbono de organismos, entidades y empresas, así como su compensación mediante créditos de carbono generados, principalmente, en proyectos de absorción de emisiones GEI desarrollados en la propia Comunidad Autónoma y que formarán parte del fondo de carbono regional.
La inscripción en el registro está dirigida a organizaciones públicas o privadas, así como a personas físicas, que deseen participar en el mismo. En este sentido, se dará especial
Decreto 321/2021, de 20 de julio, del Consejo Catalán de Cogestión Marítima
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8463, de fecha 22 de julio de 2021
Palabras clave: Pesca marítima. Pesca recreativa. Recursos pesqueros. Actividades marítimas.
Resumen:
El artículo 119 del Estatuto de autonomía de Cataluña (EAC) establece que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de pesca marítima y recreativa en aguas interiores así como la regulación y la gestión de los recursos pesqueros y la delimitación de espacios protegidos, la competencia exclusiva en materia de actividades marítimas, que incluye la regulación y la gestión del marisqueo y acuicultura y el establecimiento de las condiciones para practicarlos, y la regulación y la gestión de los recursos. Asimismo, el artículo 150 b) EAC reconoce la competencia de la Generalitat en materia de organización de su Administración en relación con el establecimiento de las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.
La Ley 2/2010, de 18 de
Decreto 166/2021, de 6 de julio, de creación y regulación del Foro Multiagente de Transición Social y Agenda 2030 en Euskadi
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 149, de fecha 27 de julio de 2021
Palabras clave: Agenda 2030. Desarrollo sostenible. Naciones Unidas.
Resumen:
El 25 de septiembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la «Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible». Un Plan de Acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.
La Agenda plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.
Posteriormente, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible -Hábitat III- (Quito, octubre de 2016), se aprobó la «Declaración de Quito sobre Ciudades y Asentamientos Humanos Sostenibles para Todos»., en la que se define la Nueva Agenda
Aguas:
CARDEMIL PALACIOS, Alberto. Código de aguas de Chile (2ª ed.). Valencia: Tirant lo Blanch, 2021, 656 p.
PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, Elisa. Litigios competenciales en materia de aguas. Valencia: Tirant lo Blanch, 2021, 282 p.
TOMOS MAS, Joaquín (dir.). Observatorio del ciclo del agua 2020. Cizur Menor (Navarra): Aranzadi – Thomson Reuters, 2021, 450 p.
Biodiversidad:
VV. AA. El estado de los bosques del mundo: los bosques, la biodiversidad y las personas. Roma (Italia): Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), 2020, 224 p.
Bosques:
VV. AA. El estado de los bosques del mundo: los bosques, la biodiversidad y las personas. Roma (Italia): Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), 2020, 224 p.
Desarrollo sostenible:
Avances y propuestas sobre la Agenda 2030 y los ODS en Iberoamérica: Simposio Iberoamericano sobre Modelo de Gestión Pública con miras a los ODS y la Agenda 2030: Lima, 7 y 8 junio
Consejo Andaluz del Clima: composición y funcionamiento
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 175/2021, de 8 de junio, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Consejo Andaluz del Clima. (BOJA núm. 111, de 11 de junio de 2021)
Palabras clave: Consejo Andaluz del Clima. Sociedad civil. Participación. Cambio climático.
Resumen:
La creación del Consejo Andaluz del Clima se recoge en el artículo 26 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía, como órgano de participación ciudadana, cuya composición y régimen de funcionamiento de acuerdo con lo previsto en su apartado 4 se tiene que realizar reglamentariamente.
El Consejo Andaluz del Clima se postula como el principal elemento orgánico destinado a asegurar la participación de la sociedad en la definición de las intervenciones en materia de cambio climático, extendiendo el principio de corresponsabilidad en la acción climática y velando por la adecuada proporcionalidad entre las medidas propuestas, los fines
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