Éstos son los títulos donde se ha encontrado algún capítulo jurídico ambiental:
ALONSO GONZÁLEZ, Luis Manuel (Dir.); COLLADO YURRITA, Miguel Ángel (Dir.); MORENO GONZÁLEZ, Saturnina (Dir.). “Manual de Derecho Tributario: parte especial (5ª ed.)”. Barcelona: Atelier, 2018, 614 p. CASTRO-GIL AMIGO, Juan (Coord.). “Regulación energética y su impacto social y ambiental”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters – Aranzadi, 2019, 210 p. FERNÁNDEZ RUIZ, Jorge (Dir.); PÉREZ GÁLVEZ, Juan Francisco. (Dir.). “Homenaje de Aida al Profesor D. Jesús González Pérez”. Valencia: Tirant lo Blanch, 2019, 1078 p. LÓPEZ RAMÓN, Fernando (Coord.); VALERO TORRIJOS, Julián (Coord.). “20 años de la Ley de lo Contencioso-administrativo: Actas del XIV Congreso de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo: Murcia, 8-9 de febrero de 2019”. Madrid: Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo (AEPDA): Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), 2019, 732 p. Disponible en Internet: fecha de último acceso 31 de octubre de 2019. PARADA VAZQUEZ, Ramón; LORA-TAMAYO VALLVE, Marta. “Derecho Administrativo III (16ª ed. revisada y actualizada, 1ª ed. en esta editorial). Madrid: Dykinson, 2019, 532 p. RAPPOPORT, Soledad. “Debates y prácticas para la mejora de la Calidad de la Educación”. Madrid: Universidad Autónoma de Madrid, 2018, 123 p. Disponible en Internet:
Ley nº 99/2019, de 5 de septiembre de 2019, que realiza la primera alteración del Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT)
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 170 — 5 de septiembre de 2019
Temas Clave: Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT); Planes territoriales; Programas territoriales; Cohesión territorial
Resumen:
Mediante esta ley se introducen alteraciones en el Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT) que se había aprobado mediantes la Ley n.º 58/2007, de 4 de septiembre, con la finalidad de adaptarlo a los nuevos desafíos, como por ejemplo las directrices de la Estrategia de Ciudades Sostenibles 2020 o los compromisos adquiridos con base en el Acuerdo de París sobre el cambio climático.
El PNPOT es el instrumento principal del sistema de gestión territorial, define los objetivos y opciones estratégicas de desarrollo territorial y establece el modelo de organización del territorio nacional. El PNPOT constituye un marco de referencia para os demás programas y planes territoriales y como instrumento orientador de las estrategias con incidencia territorial.
Decreto 128/2019, de 30 de julio, por el que se aprueban definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, n. 181, 24 de septiembre de 2019
Temas Clave: Plan Territorial; Ordenación territorial; Infraestructura verde; Paisaje; Economía circular; Gobernanza; Participación; Patrimonio cultural
Resumen:
Tal y como establece en el preámbulo de la norma que se procede a comentar, mediante la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco y el Decreto 28/1997, de 11 de febrero, se aprobaron definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, primer instrumento de planificación territorial para toda la comunidad autónoma. Asimismo, como desarrollo de estas se han redactado y aprobado 14 Planes Territoriales Parciales y 10 Planes Territoriales Sectoriales, en lo que ha supuesto en conjunto una primera generación de planeamiento territorial.
La primera parte se inicia con un análisis del contexto, tanto a nivel de planificación territorial como de encuadre socioeconómico y territorial: territorialmente en cuanto que con orografía accidentada, con un asentamiento denso de la
Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 23, de 25 de septiembre de 2019
Temas Clave: edificios; Legalidad urbanística; Ordenación del territorio; Planificación; Recursos naturales
Resumen:
No es ninguna novedad sino una problemática que se viene arrastrando desde hace años el tratamiento de las edificaciones irregulares sobre las que ya no cabe adoptar legalmente medidas de restablecimiento del orden jurídico perturbado al haber transcurrido los plazos legalmente establecidos, por lo que el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística resulta ineficaz. A pesar de los desarrollos y modificaciones introducidos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, no se han conseguido solucionar los problemas asociados a las edificaciones irregulares, debido en gran parte a esta complejidad normativa y a la ausencia de mecanismos de gestión eficaces.
Comencemos por el siguiente dato estadístico: de un total de unas 500.000 edificaciones existentes en suelo no urbanizable en Andalucía, alrededor de 300.000
Decreto 97/2019, de 18 de julio, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (código de procedimiento MT701A y MT701B)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 15, de 9 de agosto de 2019
Temas Clave: Servidumbre de protección; Competencias; Disciplina urbanística; Ordenación territorio; Dominio público marítimo –terrestre; Litoral
Resumen:
En el marco del complejo reparto competencial que se establece sobre el litoral, de conformidad con la interpretación hecha por el Tribunal Constitucional en las sentencias 149/1991, de 4 de julio, y 198/1991, de 17 de octubre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 148.1.3 de la Constitución española, y 27.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia en materia de ordenación del territorio y del litoral, según lo dispuesto en los artículos 148.1.9 y 149.1.23 de la Constitución española.
El Decreto 199/2004, de 29 de julio, reguló por primera vez las competencias autonómicas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, de conformidad con los criterios
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