Derecho ambiental:
SELLHEIM, Nikolas. Recensión “The Cambridge Companion to Natural Law Jurisprudence edited by George Duke Robert P. George Published by Cambridge University Press, 2017, 458 pp.”. Review of European, Comparative and International Environmental Law (RECIEL), vol. 27, n. 1, abril 2018, pp. 99-100, [en línea]. Disponible en Internet: https://doi.org/10.1111/reel.12236 [Fecha de último acceso 22 de mayo de 2018].
Derecho constitucional:
MWANZA, Rosemary. Recensión “Global Environmental Constitutionalism in the Anthropocene by Louis J. Kotzé Published by Hart, 2016, 304 pp.”. Review of European, Comparative and International Environmental Law (RECIEL), vol. 27, n. 1, abril 2018, pp. 97-98, [en línea]. Disponible en Internet: https://doi.org/10.1111/reel.12243 [Fecha de último acceso 22 de mayo de 2018].
Montes:
FISHER, Liz. Recensión “Strangers in Their Own Land: Anger and Mourning on the American Right. By ARLIE RUSSELL HOCHSCHILD and The Mushroom at the End of the World: On the Possibility of Life in Capitalist Ruins. By ANNA LOWENHAUPT TSING”. Journal of Environmental Law, vol. 29, n. 2, julio 2017, pp. 383-387
Decreto 57/2018, de 15 de mayo, por el que se regulan los cambios de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOE núm. 97, de 21 de mayo de 2018
Temas clave: Agricultura; Autorizaciones y licencias; Montes; Uso forestal
Resumen:
El objeto de esta disposición es regular el procedimiento administrativo de autorización del cambio de uso forestal a cultivos agrícolas permanentes que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En este sentido, y atendiendo a la numerosa legislación existente en la materia, así se manifiesta en el expositivo del Decreto, resulta conveniente ordenar y actualizar dicho procedimiento incluyendo referencias a todas las normas que resulten de aplicación, tales como la estatal Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; la modificación de la también estatal Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, operada por la Ley 21/2015, de 20 de julio, o las autonómicas Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras normas.
Con
Aguas:
DROBENKO, Bernard. “Droit de l’eau”. Revue juridique de l’environnement, n. 4, diciembre 2017, pp. 749-770
Contaminación acústica:
FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ, Dionisio. “Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso, Sección 4.ª) 575/2017, de 3 de abril [roj: sts 1189/2017]”. Ars Iuris Salmanticensis (AIS): revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia política y criminología, vol. 5, n. 2, diciembre 2017, pp. 32-235, [en línea]. Disponible en Internet http://revistas.usal.es/index.php/ais/article/view/18036/18394 [Fecha de último acceso 28 de marzo de 2018].
Derecho ambiental:
ASEEVA, Anna. “Droit de l’Union Européenne”. Revue juridique de l’environnement, n. 4, diciembre 2017, pp. 785-794
BLASCO HEDO, Eva. “Jurisprudencia Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia (enero-abril 2018)”. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 39, enero-abril 2018, pp. 189-209
BLASCO HEDO, Eva. “Reseñas de legislación estatal y autonómica (enero-abril 2018)”. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 39, enero-abril 2018, pp. 257-271
CHEVALIER, Emilie. “Droit de l’Ùnion Européenne: pollutions et nuisances”. Revue juridique de l’environnement, n. 4, diciembre 2017, pp. 727-748
Dominio público:
XIOL RÍOS, Carlos. “Tasas. Para la determinación de la base imponible de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público es posible tener en cuenta el valor
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de abril de 2018, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas. (BOE núm. 81, de 3 de abril de 2018)
Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2018/04/03/pdfs/BOE-A-2018-4551.pdf
Plazo: el establecido en la correspondiente convocatoria, efectuada por el FEGA, como órgano competente, que se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/index), un extracto de la misma se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Resolución de 23 de marzo de 2018, por
Decreto 32/2018, de 20 de marzo, por el que se regula el fondo de mejoras en montes catalogados de utilidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el régimen de subvenciones directas para los montes de utilidad pública no autonómicos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 60, de 26 de marzo de 2018
Temas Clave: Montes de utilidad pública; Fondo de mejoras; Subvenciones
Resumen:
El Fondo de Mejoras tiene una gran tradición en el derecho forestal español por cuanto se destina a asegurar la reversión a los montes catalogados de utilidad pública de parte de los ingresos por ellos generados; lo que coadyuva a su propia subsistencia y al desempeño de sus múltiples funciones.
Ello no obstante, la regulación autonómica de esta institución (Decreto 44/2011, de 15 de abril, por el que se regula el Fondo de Mejoras en montes catalogados de utilidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura), no ha recogido la trascendencia que representa en la normativa básica estatal (artículo 38 de la Ley de Montes), debido a que es anterior a la reforma operada en
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