Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 19 de septiembre de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Ponente: Pedro Luis Roás Martín)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 14079/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:14079
Palabras clave: Montes. Ayudas y subvenciones. Gestión forestal. Sostenibilidad.
Resumen:
En el fallo que traemos a colación, una mercantil recurre la decisión de la Consejería de Sostenibilidad, Medioambiente y Economía Azul, de 27 de marzo de 2023, mediante la que se rechazó un recurso de reposición relacionado con una denegación previa de ayudas, fechada el 20 de abril de 2021. Estas ayudas, convocadas por la Orden de 30 de julio de 2019, estaban destinadas a mejorar el valor medioambiental de los montes en Andalucía dentro del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. La denegación se basó en el supuesto incumplimiento del apartado 2.a.A.a) de las bases reguladoras, y el artículo 109.2 del Decreto 208/1997, que indicaban que las actuaciones solicitadas estaban cubiertas por un consorcio o convenio.
A estos efectos, la mercantil considera que en el visor REDIAM (Red de Información Ambiental de Andalucía) la capa de información geográfica caracterizó erróneamente el monte
Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 271, de 9 de noviembre de 2024
Palabras clave: Agentes forestales y medioambientales. Funciones. Agentes de la autoridad. Protección civil. Espacios naturales. Dominio público.
Resumen:
El objeto de esta ley es el establecimiento de un régimen jurídico para los agentes forestales y medioambientales, sin perjuicio de su dependencia, adscripción y denominación corporativa específica que establezcan las respectivas administraciones de las que dependan. La finalidad última de la nueva norma reside en establecer las condiciones necesarias para que aquellos puedan desempeñar de forma adecuada sus labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes de naturaleza forestal y ambiental, como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Y más, cuando sus funciones también inciden en ámbitos tan importantes como en materia de protección civil o en la cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otras administraciones.
Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público y agentes de la autoridad; así como de policía
Título: Régimen jurídico del cuerpo de agentes forestales del Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real): estudio de caso
Title: Legal Regime Of The Forest Agents In Valdepeñas’s Town Hall (Ciudad Real): Case Study
Autor: Francisco José García Salas, Investigador, Universidad de Málaga
Fecha de recepción: 12/09/2024
Fecha de aceptación: 07/11/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00389
Documento completo: “Régimen jurídico del cuerpo de agentes forestales del Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real): estudio de caso”
Resumen:
Las entidades locales presentan un papel importante en la protección del medio ambiente, al destinar recursos materiales y humanos para tal fin; prueba de ello es el Ayuntamiento de Valdepeñas (CIUDAD REAL) al configurar un cuerpo funcionarial destinado a la protección del medio ambiente, dentro del territorio de su término municipal. Por tanto, el estudio versará sobre el régimen jurídico de este cuerpo funcionarial municipal.
Abstract:
Towns Halls are very important in protecting the environment, because they allocating material and human resources for this purpose; proof of this is the Valdepeñas City Council (CIUDAD REAL) by setting up an official employement dedicated to the protection of the environment, within the territory of its municipal area. Therefore, the study will focus on the legal regime of this municipal civil servant.
Palabras
Galicia modifica el Decreto por el que crea la Agencia de la industria forestal y sus estatutos
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario oficial de Galicia de 2 de agosto de 2024. Número 149
Palabras clave: Industria forestal. Madera. Legislación sectorial.
Resumen:
El Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, en su artículo 5, estructura la Consellería de Economía e Industria en sus órganos superiores y de dirección y le adscribe los entes dependientes. Su disposición adicional sexta establece que la Agencia Gallega de la Industria Forestal estará adscrita a esta consellería. Por otro lado, el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, concretó la organización de la Consellería hasta el nivel de servicio y dispuso normas relativas a los cambios resultantes de la nueva estructura de la Xunta y de las consellerías.
Entre estas normas están la disposición adicional décima, relativa a la adscripción de la Agencia y del Centro de Investigación Forestal de Lourizán, y la disposición final primera,
Decreto 9/2024, de 6 de junio, por el que se regulan las autorizaciones de cambio de uso forestal
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL n. 111, de 10 de junio de 2024
Palabras clave: Montes. Cambio de uso forestal. Usos agrarios. Procedimiento.
Resumen:
El objeto del presente Decreto es “establecer las condiciones y supuestos en los que podrá autorizarse el cambio de uso forestal de los montes cuando éste no venga motivado por razones de interés general declarado por el Estado o por la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 y 72 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, así como el procedimiento a seguir para ello”
El presente Decreto resultará de aplicación a los cambios de uso forestal de los montes de Castilla y León excepto cuando se trate de montes catalogados de utilidad pública, protectores y con régimen de protección especial, en cuyo caso se regirán por su normativa específica, quedando igualmente excluidos de su ámbito de aplicación los supuestos previstos en el apartado
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