Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 271, de 9 de noviembre de 2024
Palabras clave: Agentes forestales y medioambientales. Funciones. Agentes de la autoridad. Protección civil. Espacios naturales. Dominio público.
Resumen:
El objeto de esta ley es el establecimiento de un régimen jurídico para los agentes forestales y medioambientales, sin perjuicio de su dependencia, adscripción y denominación corporativa específica que establezcan las respectivas administraciones de las que dependan. La finalidad última de la nueva norma reside en establecer las condiciones necesarias para que aquellos puedan desempeñar de forma adecuada sus labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes de naturaleza forestal y ambiental, como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Y más, cuando sus funciones también inciden en ámbitos tan importantes como en materia de protección civil o en la cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otras administraciones.
Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público y agentes de la autoridad; así como de policía
Título: Régimen jurídico del cuerpo de agentes forestales del Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real): estudio de caso
Title: Legal Regime Of The Forest Agents In Valdepeñas’s Town Hall (Ciudad Real): Case Study
Autor: Francisco José García Salas, Investigador, Universidad de Málaga
Fecha de recepción: 12/09/2024
Fecha de aceptación: 07/11/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00389
Documento completo: “Régimen jurídico del cuerpo de agentes forestales del Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real): estudio de caso”
Resumen:
Las entidades locales presentan un papel importante en la protección del medio ambiente, al destinar recursos materiales y humanos para tal fin; prueba de ello es el Ayuntamiento de Valdepeñas (CIUDAD REAL) al configurar un cuerpo funcionarial destinado a la protección del medio ambiente, dentro del territorio de su término municipal. Por tanto, el estudio versará sobre el régimen jurídico de este cuerpo funcionarial municipal.
Abstract:
Towns Halls are very important in protecting the environment, because they allocating material and human resources for this purpose; proof of this is the Valdepeñas City Council (CIUDAD REAL) by setting up an official employement dedicated to the protection of the environment, within the territory of its municipal area. Therefore, the study will focus on the legal regime of this municipal civil servant.
Palabras
Galicia modifica el Decreto por el que crea la Agencia de la industria forestal y sus estatutos
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario oficial de Galicia de 2 de agosto de 2024. Número 149
Palabras clave: Industria forestal. Madera. Legislación sectorial.
Resumen:
El Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, en su artículo 5, estructura la Consellería de Economía e Industria en sus órganos superiores y de dirección y le adscribe los entes dependientes. Su disposición adicional sexta establece que la Agencia Gallega de la Industria Forestal estará adscrita a esta consellería. Por otro lado, el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, concretó la organización de la Consellería hasta el nivel de servicio y dispuso normas relativas a los cambios resultantes de la nueva estructura de la Xunta y de las consellerías.
Entre estas normas están la disposición adicional décima, relativa a la adscripción de la Agencia y del Centro de Investigación Forestal de Lourizán, y la disposición final primera,
Decreto 9/2024, de 6 de junio, por el que se regulan las autorizaciones de cambio de uso forestal
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL n. 111, de 10 de junio de 2024
Palabras clave: Montes. Cambio de uso forestal. Usos agrarios. Procedimiento.
Resumen:
El objeto del presente Decreto es “establecer las condiciones y supuestos en los que podrá autorizarse el cambio de uso forestal de los montes cuando éste no venga motivado por razones de interés general declarado por el Estado o por la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 y 72 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, así como el procedimiento a seguir para ello”
El presente Decreto resultará de aplicación a los cambios de uso forestal de los montes de Castilla y León excepto cuando se trate de montes catalogados de utilidad pública, protectores y con régimen de protección especial, en cuyo caso se regirán por su normativa específica, quedando igualmente excluidos de su ámbito de aplicación los supuestos previstos en el apartado
Ley 4/2024, de 9 de mayo, de medidas tributarias, financieras y administrativas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL n. 92, de 14 de mayo de 2024
Palabras clave: Bienes comunales. Aprovechamientos. Ordenación del territorio. Planes y proyectos regionales. Urbanismo. Montes. Concentración forestal. Entidades Selvícolas de Colaboración. Agricultura. Concentración parcelaria. Planes de gestión Red Natura. Prevención Ambiental. Caza. Pesca.
Resumen:
Como habitualmente sucede con este tipo de leyes que acompañan a la de presupuestos generales, se introducen modificaciones en otras normas. Simplemente vamos a referirnos a las que directa o indirectamente inciden en la materia jurídico ambiental.
-El artículo 11 modifica la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, incorporando una nueva disposición adicional. Con esta modificación se especifica y concreta el régimen jurídico del acotamiento de los bienes comunales de las entidades locales regulados en el artículo 106 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades locales, para regular por una parte, los requisitos y criterios aplicables a los expedientes de acotamiento sobre
Page 1 of 7212345...102030...»Last
|