Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 22 de diciembre de 2008
Temas clave: información ambiental; acceso a expediente de una actividad en el marco del proceso contencioso-administrativo; soporte de la información; Obtención de copias; RAMINP; actividades clandestinas; derechos fundamentales; inviolabilidad del domicilio; inactividad administrativa; derecho a exigir a la Administración la apertura del procedimiento sancionador; derechos del denunciante.
Relevancia: 2/5
Resumen:
En este asunto se plantea un supuesto de denegación de acceso a información ambiental solicitada a la consejería y el ayuntamiento, con relación a las actividades de una cantera. Además ésta se trata de una actividad sin licencia denunciada en diversas ocasiones por la parte recurrente.
Destacamos a continuación los extractos más relevantes de los fundamentos jurídicos de la sentencia:
“Si realmente nos encontramos ante actividades sin licencia, o con licencia formalmente concedida pero sin que la actividad se haya verificado, NO EXISTE EN MODO ALGUNO DISCRECIONALIDAD ADMINISTRATIVA, SINO QUE LA ADMINISTRACION TIENE UN DEBER DE ACTUAR; Y ACTUAR LOGICAMENTE CERRANDO LA ACTIVIDAD SIN LICENCIA Y, RESPECTO DE LAS NO COMPROBADAS, PROCEDIENDO A SU COMPROBACION Y