Establecimiento de la Reserva Marina del Freu de sa Dragonera y regulación de las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 62/2016, de 7 de octubre (BOIB núm. 128, de 8 de octubre de 2016)
Temas Clave: Reserva marina; Biodiversidad; Especies y ecosistemas marinos; Pesca, Paisaje
Resumen:
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas.
En el área marina del Freu de sa Dragonera, que presenta un considerable valor ecológico y pesquero, se puede encontrar una alta diversidad de hábitats y comunidades en un área relativamente reducida. Los paisajes submarinos de Sa Dragonera son una exposición de los que se pueden ver en el litoral de Mallorca, donde destacan las praderas de posidonia oceánica, muy extendidas hacia el sur, las cuales actúan como zonas de gran producción biológica y de repoblación de alevines de especies de interés pesquero.
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de octubre de 2016, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Orden HAP/1610/2016, de 6 de octubre, por la que se aprueba la segunda convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020. (BOE Núm. 243, de 7 de octubre de 2016)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2016/10/07/pdfs/BOE-A-2016-9222.pdf
Plazo: cuarenta y cinco días hábiles desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria, finalizando el plazo a las 14:00 horas del día que corresponda.
Andalucía
Extracto de la Orden de 19 de septiembre de 2016, por la que se establece la convocatoria de las ayudas previstas en la Orden de
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de septiembre de 2016, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Andalucía
Extracto de la Orden, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las ayudas previstas en la Orden de 19 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 7.5, Operación 7.5.2). (BOJA núm. 173, de 8 de septiembre de 2016)
Fuente: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/173/BOJA16-173-00002-15432-01_00097797.pdf
Plazo: un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Orden AAA/1366/2016, de 4 de agosto, por la que se declaran zonas especiales de conservación de lugares de importancia comunitaria de la Región Marina Mediterránea de la Red Natura 2000, se aprueban sus correspondientes medidas de conservación y se propone la ampliación de los límites geográficos de dos lugares de importancia comunitaria
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 193, de 11 de agosto de 2016
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Red Natura 2000; Zona Marítimo Terrestre; Andalucía, Baleares y Murcia
Resumen:
Las zonas marinas protegidas designadas bajo la Directiva Hábitats constituyen una importante contribución para la consecución del buen estado ambiental del medio marino europeo. La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino establece el marco general para la planificación en este medio con el objetivo de lograr su buen estado ambiental. En su artículo 28. c), relativo a las funciones de la Administración General del Estado, establece la obligación de declarar y gestionar las ZEC en el medio marino.
El Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017 determina en su Objetivo 3.11, establecer Áreas
Se publican las determinaciones del contenido normativo del Plan Hidrológico de las Illes Balears
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de la directora general de Recursos Hídricos mediante la que se dispone la publicación de las determinaciones del contenido normativo del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado mediante el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio. (BOIB núm. 96, de 29 de julio de 2016)
Temas Clave: Aguas; Planificación hidrológica
Resumen:
Se publican el Boletín Oficial de las Illes Balears los textos que incluyen las disposiciones de contenido normativo, así como los anexos, del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado mediante el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio.
Simplemente destacaremos los objetivos específicos de este Plan:
1) Definir los recursos disponibles para una explotación sostenible.
2) Asegurar la cantidad y calidad del agua suministrada como agua de consumo humano.
3) Asegurar la armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando la disponibilidad del recurso y protegiendo su calidad.
4) Fomentar el ahorro en los consumos de agua promoviendo medidas técnicas y políticas que lo incentiven y penalicen el uso desmesurado.
5) Asegurar
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