17 August 2010

Spain Current Legislation

Legislación al día. Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica

Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica al Convenio sobre la evaluación del impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Kiev el 21 de mayo de 2003 (BOE nº 162, de 5 de julio de 2010)

Autor de la nota: Jesús Spósito Prado. Investigador del Área de Derecho Administrativo

El pasado 5 de julio el número 162 del BOE publicó el Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica, celebrado en Kiev el 21 de mayo de 2003, en la 5ª conferencia Ministerial Pan-Europea “Medio Ambiente para Europa”, que reconoce la importancia de la integración de consideraciones medioambientales para alcanzar un desarrollo sostenible, incluida la salud, en la adopción de planes, programas y leyes y su extensión a medidas políticas y legislativas e incluye la obligación de incorporar al proceso de elaboración de los planes y los programas, públicos o privados, la variable medioambiental y la de salud como dos elementos de consideración en la confección del programa o plan en cuestión.

El Protocolo, ratificado el 23 de noviembre de 2009, ha entrado en vigor de forma general y para España el pasado 11 de julio de 2010, de

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6 April 2010

Current Issues

Actualidad. Estrategia de la UE contra el Cambio Climático

Communication from the Commission to the European Parliament, the Council, the European Economic and Social Committee and the Committee of the Regions International Climate Policy post-Copenhagen: Acting now to reinvigorate global action on climate change. COM (2010) 86 final.

Autora de la nota: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili

La Comisión Europea ha presentado una estrategia para contribuir a mantener el impulso de los esfuerzos internacionales en la lucha contra el cambio climático. La Comunicación propone que la UE empiece a aplicar sin demora el Acuerdo de Copenhague alcanzado el pasado mes de diciembre, en particular la asistencia financiera inicial rápida a los países en desarrollo. Al mismo tiempo, la Unión debe seguir ejerciendo presión para lograr un acuerdo internacional sólido y jurídicamente vinculante que conlleve la participación de todos los países en una auténtica acción por el clima. Para ello será preciso integrar el Acuerdo de Copenhague en las negociaciones de las Naciones Unidas y subsanar las deficiencias del Protocolo de Kioto. Para promover el apoyo a las negociaciones de las Naciones Unidas será fundamental una proyección exterior activa por

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21 January 2010

Current Legislation

Legislación al día. Aguas

Protocolo de revisión del Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano -portuguesas y el Protocolo adicional, suscrito en Albufeira el 30 de noviembre de 1998, firmado en Madrid y Lisboa el 4 de abril de 2008 (BOE nº 14, de 16 de enero de 2010).

El BOE de 16 de enero de 2010 hace público el texto del Protocolo de Revisión del Convenio de la Albufeira, que entró en vigor el 5 de agosto de 2010. El “Convenio de Albufeira” es un Tratado internacional bilateral hispano-portugués, que tiene por objeto definir el marco de cooperación entre ambas partes para la protección de las aguas superficiales y subterráneas y de los ecosistemas acuáticos y terrestres directamente dependientes de ellos y para el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos de las cuencas hidrográficas compartidas: Miño, Limia, Duero, Tajo y Guadiana.

Desde el momento de su aplicación, el instrumento ha perseguido una mejora en todos los órdenes del régimen jurídico de los ríos compartidos entre ambos países. Con la actualización del Convenio que ahora se emprende se ha querido profundizar en esta

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15 January 2010

Articles

Artículo. “Desafíos actuales de la Seguridad Marítima”

Título: “Desafíos actuales de la Seguridad Marítima”

Autor: María Remedios Zamora Roselló. Profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga.

Fecha de recepción: 8 de enero de 2010

Fecha de aceptación: 12 de enero de 2010

Resumen:

En este trabajo se analiza la seguridad marítima desde una perspectiva general, con referencia a la vigente regulación en el ámbito comunitario y en nuestro país, y se ponen de relieve los aspectos más controvertidos de una materia que aún no se encuentra entre las prioridades del legislador ni de las autoridades competentes. A través del estudio de las sociedades de clasificación, del control por el Estado rector del puerto y de las disposiciones sobre lugares de refugio se ponen de manifiesto las dificultades de la seguridad marítima y los intereses en juego en este sector; realidad que permite conocer las debilidades del actual marco regulador y las propuestas de mejora que pueden ser incorporadas.

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12 January 2010

Spain International Current Legislation

Legislación al día. Seguridad Marítima

Enmiendas de 2006 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques 1973 (instalaciones de recepción fuera de zonas especiales y descarga de las aguas sucias) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» nº 249 y 250 de 17 y 18 de octubre de 1984), adoptadas el 13 de julio 2007, mediante Resolución MEPC 164(56), (BOE núm. 7, de 8 de enero de 2010).

Autora de la Nota: Remedios Zamora Roselló, Profesora de Derecho administrativo de la Universidad de Málaga.

Resumen

Las enmiendas introducidas hacen referencia a las instalaciones de recepción fuera de zonas especiales y a la descarga de las aguas sucias. Con estas modificaciones se trata de dotar de una mayor protección al medio marino frente a las descargas de aguas sucias desde los buques. Las descargas se podrán efectuar a una distancia superior a 3 millas marinas de tierra cuando las aguas sucias hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas mediante un sistema aprobado por la Administración; en el caso de que no hayan sido objeto de estos tratamientos la descarga deberá efectuarse a una distancia superior a 12 millas

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