Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 49, de 12 de marzo de 2015
Temas Clave: Información pública; Participación; Transparencia
Resumen:
Esta ley tiene por objeto regular en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León la transparencia de la actividad pública, el derecho de acceso a la información pública y su reutilización y la participación en los asuntos públicos de la Comunidad de Castilla y León a través del Portal de Gobierno Abierto, que canaliza la denominada publicidad activa.
La ley se estructura en un título preliminar, tres títulos, dieciocho artículos, tres disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. Existe una remisión constante a la normativa estatal, patrocinada por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, de reutilización de la información del sector público
El Título I regula la transparencia de la actividad pública. En el capítulo I, titulado publicidad activa, se remite
Derecho ambiental:
FERRI, Caroline. “Modelos de democracia e “democracia ambiental””. Revista internacional de direito ambiental, n. 6, septiembre- diciembre 2013, pp. 87-104
GUBER, Steffen. “Das Befriedungsverfahren gem. §6a BJagdG”. Natur und recht, vol. 36, n. 11, noviembre 2014, pp. 752-759
LUIZ LOPES, André. “A legitimidade ativa “ad causam” na açao popular ambiental”. Revista internacional de direito ambiental, n. 7, enero-abril 2014, pp. 65-76
NZAOU, Aubin. “La constitutionnalisation du droit de l’environnement en République du Congo”. Droit de l’Environnement, n. 228, noviembre 2014, pp. 391-397
SANZ LARRUGA, Francisco Javier. “¿En la era del “post-ecologismo”? (“The death of environmentalism”) (I)”. Ambiental y cual, 10 febrero, 2015, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogs.lavozdegalicia.es/javiersanz/2015/02/10/en-la-era-del-post-ecologismo-the-death-of-environmentalism-i/ [Fecha de último acceso 24 de febrero de 2015].
SANZ LARRUGA, Francisco Javier. “¿En la era del “post-ecologismo”? (“The death of environmentalism”) (II)”. Ambiental y cual, 14 febrero, 2015, [en línea]. Disponible en Internet: http://blogs.lavozdegalicia.es/javiersanz/2015/02/14/en-la-era-del-post-ecologismo-the-death-of-environmentalism-y-ii/ [Fecha de último acceso 24 de febrero de 2015].
THOMAS, Klaus. “Flurbereinigung im Spannungsverhältnis zum Umweltrecht Deutschlands”. Natur und recht, vol. 36, n. 10, octubre 2014, pp. 686-691
WENZEL, Frank. “Gewerbliche und gemeinnützige Sammlungen vor Gericht – Übersicht und kritische Würdigung der Rechtsprechung zur Neuregelung im KrWG”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 11, 2014
Derechos
Premio a nuestra revista Actualidad Jurídica Ambiental por parte del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia por su labor de divulgación de la materia jurídico ambiental
Fuente: Ilustre Colegio de Abogados de Murcia y CIEMAT
Temas clave: Derecho Ambiental; Información ambiental; Organismos públicos
Resumen:
Tenemos el honor de comunicaros que el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental, como editor de la revista Actualidad Jurídica Ambiental, ha sido merecedor de la distinción a la trayectoria y función por su labor de difusión y divulgación, que premia la labor divulgativa y técnica del Derecho Ambiental, con la finalidad última de la protección del medio ambiente. Las distinciones, concedidas por el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia, se han entregado en el marco de las Segundas Jornadas sobre Responsabilidades por Daños Medioambientales, celebradas en Murcia los días 12 y 13 de marzo.
Ha sido un honor para nosotros recibir tal estimable galardón que premia nuestra discreta contribución al sólido fomento de la investigación en la fascinante y prometedora materia de Derecho ambiental. Aprovechamos esta ocasión para reiterar nuestro agradecimiento a los miembros del Consejo Científico-Asesor, a los colaboradores de la Revista que forman parte del Consejo de Redacción, a aquellos que nos
Edificación:
DUART CÍSCAR, Vicente; BASTIDAS BONO, Elena. “El deber de edificar, rehabilitar y conservar los edificios, en la nueva Ley 5/2014, de la Comunidad Valenciana, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje”. Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 22, 2014, pp. 2423-2437
GRACIA HERRERO, Fco. Javier. “La Inspección Técnica de Edificios: especial referencia al caso de Aragón”. Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 24, 2014, pp. 2656-2660
Eficiencia energética:
MADERUELO, Carmen L. “Campaña Renovate Europe y Programa de Diagnóstico Energético de Hábitat Urbano, dos ejemplos con un objetivo común: atajar la ineficiencia del parque inmobiliario ¡ya!”. Ecoiuris, 5 de diciembre de 2014, pp. 1-6
Energía:
LITAGO LLEDÓ, Rosa. “Las vías de resarcimiento para erradicar los efectos derivados de la improcedencia del impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos por su imcompatibilidad con el ordenamiento de la Unión Europea”. Quincena fiscal, n. 19, 2014, pp. 111-149
REMONDI I. PASCHOAL, Sandra Regina. “Lámpara fluorescente: tratamiento regulatorio en la Argentina y en el Brasil”. El dial: suplemento de derecho ambiental, 2 diciembre 2014
SANZ LARRUGA, Francisco
Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. (BOE núm. 313, de 27 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Pesca; Esfuerzo pesquero; Reservas marinas; Arrecifes artificiales; Comunicación y documentación; Registro General; Turismo pesquero, marinero y acuícola; Pesca ilegal; Régimen de infracciones y sanciones
Resumen:
Se procede a una nueva modificación de la Ley de Pesca Marítima del Estado que completa algunas cuestiones específicas de la política de conservación y protección de los recursos pesqueros. Por otra parte, persigue la mejora de la situación socioeconómica de la población en los territorios donde se desarrolla la actividad pesquera y acuícola, incorporando el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
Las modificaciones se centran en los siguientes aspectos:
Se introducen en el artículo dos una serie de definiciones que facilitan la comprensión sobre el objeto de regulación del nuevo Capítulo VI del Título II.
Se añaden nuevas medidas en el ámbito de la regulación del esfuerzo pesquero, y se introduce una mejor definición
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