Fuente: BOE nº 202, de 21 de agosto de 2009, visto el 21 de agosto de 2009
Con fecha 5 de junio de 2009, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y de conformidad con lo previsto en el artículo 2.5 del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971), y en el artículo 49 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el Consejo de Ministros adoptó un Acuerdo por el que se autoriza la inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional del Convenio de Ramsar de los siguientes humedales españoles, situados en la Comunidad Autónoma de Andalucía:
Fuente: Sitio Web del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, día 5 de junio
La Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa, ha informado hoy en el Consejo de Ministros, coincidiendo con el Día Mundial del Medio Ambiente, sobre el conjunto de nuevas normativas impulsadas por el MARM y que abarcan desde la conservación de humedales, la preservación de especies en peligro de extinción, el mantenimiento de la Red Natura o el cambio climático.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre la composición, funciones y las normas de funcionamiento del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Este Consejo será el órgano que garantizará la participación pública de las organizaciones profesionales, científicas, empresariales, sindicales y
Decreto 127/2008, de 5 de Junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los humedales protegidos y se crea el Inventario de humedales de Galicia (DOGA nº 122, de 25 de Junio de 2.008)
Objeto:
Desarrollar el régimen jurídico de los humedales protegidos de Galicia establecido en el artículo 14 de la Ley 9/2001 Crear y regular el Inventario de Humedales de Galicia
A nivel internacional en esta materia debemos destacar el Convenio relativo a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, acordado en Ramsar el 2 de Febrero de 1971, ratificado por España el 18 de marzo de 1982.
Este convenio, que fue ratificado hasta ahora por 153 países, contiene en su artículo 1 la definición de lo que se entiende por humedal, indicando que les corresponde a los firmantes del citado convenio la potestad
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