Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 7 de marzo de 2013, República de Polonia/Comisión Europea, asunto T-370/11
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: Medio ambiente; Directiva 2003/87/CE; régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; normas transitorias para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión a partir del 2013; parámetros de referencia que han de aplicarse para el cálculo de la asignación de derechos de emisión; igualdad de trato; proporcionalidad.
Resumen:
En virtud del artículo 10 bis de la Directiva 2003/87, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad, la Comisión Europea debe adoptar medidas de desarrollo a escala de la Unión, totalmente armonizadas, para la asignación gratuita de los derechos de emisión. A este respecto, la Comisión tiene, en particular, la obligación de determinar parámetros de referencia para